Tras la desilusión por el contenido
del R.D 16/20 que estábamos
esperando; porque nos afecta como trabajadores, no vamos a juzgar, como
Sindicato, la oportunidad o la eficacia de las
medidas políticas acordadas; eso le corresponde a otros, pero si la efectividad de las
medidas procedimentales..
¿COMO VEMOS LA
SITUACION ACTUAL?: Tenemos muchos juzgados superados por los módulos de trabajo asumibles,
no de ahora, sino desde hace años; oficinas
de registro con centenares de asuntos pendientes de incoar, bandejas de escritos repletas, una tormenta de
asuntos pendientes de ingresar en los próximos meses; un expediente digital en
pañales;y unas plantillas, que ven con
lógico temor su vuelta al trabajo; la
inseguridad de no tener unas normas claras; y un pesimismo justificado, visto
lo que se propone por nuestros responsables para solventar lo se nos viene
encima.
¿QUE PROPONEMOS? Con carácter EXCEPCIONAL; como es la situación, pasa por
aprobarse por el Ministerio de Justicia (con las CCAAA) un PLAN NACIONAL,
ligado a la productividad de los juzgados desde el 11 de mayo al 31 de
Diciembre de 2020, ampliable a la vista de los resultados; y con carácter permanente y definitivo, la
implantación real y efectiva el Expediente Digital Judicial.
¿DE QUE FORMA? Hemos de partir de que no cabe hablar de la justicia, como un todo, sino
que cada orden jurisdiccional, cada instancia, cada sede, y cada órgano es un mundo.
¿A QUIEN AFECTARIA? Inicialmente los Ordenes Civil (especialmente en Familia y Mercantil),
Social y Contencioso Administrativo, e inicialmente en la primera instancia y
posteriormente, en su caso a los órganos colegiados.
¿CON QUE OBJETIVO? Lograr a 31 de Diciembre de 2020 que los números de pendencia en la Estadística
Judicial del Cuarto Trimestre de 2020 se igualen a los del mismo trimestre de
2019.
¿COMO LO LOGRAMOS? Proponiéndolo el Gobierno, con la colaboración de las CCAA con
competencias transferidas, la implicación de Jueces, Lajs y resto de la Oficina
Judicial.
¿QUE
MEDIDAS PROPONEMOS?
I.-Implantar con carácter definitivo, permanente y efectivo el Expediente
Digital Judicial, así como su uso. El teletrabajo ha venido a ésta
administración para quedarse, y es requisito para una implantación real y
efectiva y no únicamente testimonial, previamente, la instauración del
Expediente Digital, obligatorio para todos y no dejado a la libre elección de
cada uno. Además el teletrabajo permite el trabajo de personas que están
exentas de acudir al centro de Trabajo por diferentes motivos pero cuya ayuda
no estamos en condiciones de desaprovechar.
En el ámbito de la C.V podemos aprovechar los cursos on line obligatorios
para el cobro de la Carrera Profesional para formar específicamente a los
funcionarios en Expediente Digital Judicial y Teletrabajo y ampliarlo a los
funcionarios interinos.
II.-Elaborar por cada órgano judicial, con el visto Bueno del Juez y la
coordinación de los LAJS una propuesta de medidas, a la vista de la situación
del órgano, asuntos pendientes, plantilla, necesidad de establecer turnos (cuando
no exista mas remedio), previsión de señalamientos, concesión de prolongaciones
de jornada, refuerzos, previsión de vacaciones de los mismos, y periodo
vacacional.
III.- Aprobación por los TSJ -vistos los planes propuestos- de propuestas
por jurisdicciones y tipo de órgano-, teniendo en cuenta los que se hayan
acogido al nombramiento de JATS, LAJS y RESTO DE PERSONAL DE REFUERZO,
modulando en su caso las cantidades a percibir.
IV.- Los conceptos tomados en cuenta y recompensados han de ser INELUDIBLEMENTE
los mismos para todo el órgano judicial (datos objetivos obtenidos de la Estadística
del CGPJ), sin que a cada uno se le remunere por un concepto (a unos por número de resoluciones, a otros por
anotaciones etc.). Cada asunto que se resuelve es con el trabajo del colectivo,
independientemente de las funciones que la legislación nos atribuya a cada uno.
Las cantidades para cada categoría podrán ser diferentes, evitando, en lo
posible las grandes diferencias entre cuerpos.
V.- PAGO A 31/01/21, aprobada la Estadística del último trimestre
de 2020, con posibilidad de demora hasta
31/06/2021.
VI.- ¿QUE IMPLICACION REQUERIMOS?
Del CGPJ Y M.J en cuanto dependen
los Jueces y Lajs que se lidere la propuesta, estableciendo de forma inmediata
los protocolos que sean necesarios a través de los TSJ y Secretarios Gob y
Coord.
Del Ministerio de Justicia y CCAA con competencias, la disponibilidad
económica necesaria, ofreciéndonos a demorar el cobro a 31/06/2021.
Del M.J y CCAA (transferidas) la máxima colaboración de provisión
inmediata de vacantes, publicidad de condiciones para la concesión de prolongaciones
de jornada y concesión de refuerzos.
VII. ¿QUE EXIGIMOS?-
-Cumplimiento de todas las medidas sanitarias en vigor cuidando de la
salud de los trabajadores como protección de toda la sociedad, los Centros de
Trabajo no pueden convertirse en centros de contagio.
-Excepcionalidad del establecimiento de turnos de mañana y tarde, sólo para cuando sea
estrictamente necesario y conveniente para señalamientos de vistas (y en especial por mantener las medidas de distanciamiento) y
únicamente para Juez, Lajs, Auxilios y una dotación indispensable de Gestores
y/o Tramitadores.
-Voluntariedad, para la inclusión en Turnos de Tarde y así como los apoyos en otros órganos del mismo centro)
siendo en el caso de ser obligatorio, con carácter rotatorio.
-En caso de suspensión del plan por fuerza mayor, prorrateo de las
cantidades a la vista del resultado de la estadística judicial del mismo trimestre del año anterior.
- Posibilidad de solicitarse por todos los funcionarios afectados de la
posibilidad de aplazar y acumular,
voluntariamente, las vacaciones de verano correspondientes al año 2020 a las
que se tenga derecho en 2021, juntas si
las necesidades del servicio lo permiten o separadamente en cuatro periodos de
semana natural, pudiéndose disfrutar conjuntamente con otros periodos
vacacionales y /o asuntos propios.
-Las horas efectivas realizadas que superen las correspondientes a la
Jornada Ordinaria en cómputo mensual, podrán ser compensadas, a elección del
funcionario, bien en horas, bien en días de permiso, durante la duración del Plan.
-En respuesta al esfuerzo que nos va a suponer a todo el colectivo
pedimos del Ministerio de Justicia abrir, finalizados los efectos del plan, una
negociación, real, leal y con altitud de miras para la recuperación de los
derechos recortados en anteriores crisis (reducción de sueldos), de acuerdo con las disponibilidades
presupuestarias; potenciación de los métodos de promoción interna entre todos
los cuerpos (recuperación de la reserva del 50% de plazas para la promoción
interna); posibilidades de suplir con
experiencia la falta de algún título; y pruebas adaptadas al desempeño real de
la profesión),con pruebas selectivas ceñidas al desempeño de la profesión,
instauración en la práctica de la Carrera Profesional en Justicia y negociación
inicial de sus condiciones..
-Derogación de todos los artículos que supongan respecto a la Ley de
Registro Civil, perdida de plazas o cierre de centros o salida del Registro
Civil de la tutela del Ministerio de Justicia
Es un momento histórico extraordinario; que requiere de actuaciones extraordinarias.
Pensamos que lo que proponemos son medidas reales, prácticas, asumibles y
efectivas, al margen de intereses particulares y corporativos.
Queremos estar orgullosos de nuestra Administración de Justicia, como los
compañeros de otras administraciones de las suyas; el reconocimiento social por
nuestro trabajo, y el reconocimiento laboral que se nos ha negado durante
decenios.
Tiempo de valientes….
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