Hoy se ha publicado en el BOE Orden PJC/239/2024, de 6 de marzo, por la que se nombra personal funcionario del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, por el sistema general de acceso libre, a los aspirantes que superaron el proceso selectivo convocado por Orden JUS/1254/2022, de 7 de diciembre.
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El personal funcionario del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa, al que se otorga destino en esta resolución, deberá tomar posesión de su cargo en el órgano judicial o fiscal de destino dentro del plazo de veinte días hábiles contados desde el siguiente al de la publicación de esta resolución en el «Boletín Oficial del Estado», de acuerdo con lo establecido en el artículo 29 del citado Real Decreto, y en el artículo 30 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, para lo cual, el día de la publicación de esta resolución serán remitidos, a la dirección de correo electrónico corporativo del órgano judicial o fiscal de destino, los documentos de «toma de posesión» F1T, así como la declaración de juramento o promesa prevista en el mencionado precepto reglamentario.
Ambos documentos, para su formalización, deberán ser firmados digitalmente por los interesados que remitirán una copia, en formato PDF, al Servicio de Selección y Provisión de personal de la Administración de Justicia a través de la dirección de correo electrónico oposicionesjust@gva.es, que dará traslado de una copia de dichos documentos a la sección de nóminas del Servicio de Personal de la Administración de Justicia, así como al Registro Central de Personal de la Subdirección General de Medios Personales al servicio de la Administración de Justicia.
El personal funcionario destinado en virtud de esta resolución, que pertenezca ya al Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa o Auxilio Judicial y que opten por continuar en alguno de dichos Cuerpos, no será necesario que se desplace a tomar posesión al puesto de trabajo adjudicado, bastando con que dentro del plazo de toma de posesión señalado en el apartado primero, comuniquen a la Dirección General de Justicia dicha opción, a los efectos de declaración de excedencia voluntaria prevista en el artículo 506.d) de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial. Copia de la resolución por la que se le declara en situación de excedencia voluntaria será remitida al Registro Central de Personal de la Subdirección General de Medios Personales de la Administración de Justicia.
El personal funcionario interino que actualmente ocupen plazas que han sido adjudicadas a los aspirantes aprobados, cesará el día en el que se produzca la toma de posesión del personal titular.
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