PUBLICADA EN EL DIA DE HOY EN LA PAG WEB DE LA CONSELLERIA DE JUSTICIA LA ADJUDICACION DE PLAZAS DE LA CONVOCATORIA Nº35/2026.
ACCESO PAGINA CONSELLERIA, INSTRUCCIONES Y DOCUMENTACION A APORTAR
PUBLICADA EN EL DIA DE HOY EN LA PAG WEB DE LA CONSELLERIA DE JUSTICIA LA ADJUDICACION DE PLAZAS DE LA CONVOCATORIA Nº35/2026.
ACCESO PAGINA CONSELLERIA, INSTRUCCIONES Y DOCUMENTACION A APORTAR
19 de octubre de 2026
NOTA INFORMATIVA. RECTIFICACIÓN EN LA LISTA COMPLEMENTARIA DEL DÍA 16 DE OCTUBRE.
Se informa de la celebración de la jornada formativa «Gestión procesal de desahucios y lanzamientos», organizada por el Consejo Valenciano de Procuradores en el marco del convenio de colaboración subscrito con la Consellería de Justicia.
La jornada tendrá lugar el próximo 29 de octubre de 2026, en horario de 16.30 a 19.30 horas, y se impartirá en modalidad en línea, facilitando así la participación de las personas interesadas.
La inscripción se realizará a través del siguiente enlace:
https://us06web.zoom.us/webinar/register/wn_7q7uecdqraub4fegv80-vg
Para mayor información sobre el contenido de la actividad, podéis consultar la documentación adjunta.
LISTAS COMPLEMENTARIAS: AUXILIO JUDICIAL, ACCESO LIBRE, ESTABILIZACION, CONCURSO. ORDEN JUS/1288/2022
ACCESO PAGINA MINISTERIO DE JUSTICIA
16 de octubre de 2026
NOTA INFORAMATIVA. LISTAS COMPLEMENTARIAS.
VER ACUERDO DICTADO POR EL TSJ.
VER CIRCULAR DE EMERGENCIAS 2026.
Contenido del Acuerdo dictado ayer por el TSJCV:
La Sala de Gobierno, por unanimidad, ACUERDA:
1.- Esta Sala de Gobierno considera que, ante el riesgo evidente para las personas
derivado de la situación descrita, y durante la vigencia de la situación de emergencia
prevista, y mientras permanezca la alera roja declarada, no existe obligación alguna de
desplazarse cuando concurran las dificultades mencionadas, constituyendo, por sí
misma, una justificación suficiente para presumir la imposibilidad material de acudir a las
actuaciones jurisdiccionales o procesales que deban celebrarse en las zonas afectadas,
o cuando sea necesario transitar por ellas.
En consecuencia, la innecesaridad o dispensa de desplazarse a las sedes judiciales se
extiende a todas las personas que deban intervenir en una actuación jurisdiccional o
procesal, ya se trate de personal judicial, del Ministerio Fiscal, de Letrados de la
Administración de Justicia, de otro personal al servicio de la Administración de Justicia
siempre conforme a las decisiones de sus superiores jerárquicos, y, especialmente, de
cualquier profesional o ciudadano siempre que exista cualquier tipo de dificultad o riesgo
al desplazarse por zonas afectadas.
En tales supuestos, bastará a ciudadanos y profesionales, a estos efectos, una simple
comunicación al órgano jurisdiccional manifestando la imposibilidad o dificultad de
desplazamiento para justificar la suspensión de la actuación; e incluso, cuando ni siquiera
ello resulte posible, la mera incomparecencia deberá entenderse causa suficiente para
acordar dicha suspensión.
En este sentido se comunica así a todos los órganos judiciales y servicios a los efectos
procedentes.
Todo ello, sin perjuicio de que no se declara una suspensión generalizada de la actividad
judicial, a fin de salvaguardar también los derechos de aquellos justiciables y
profesionales que puedan comparecer sin dificultad y evitar así perjuicios derivados de
demoras innecesarias, en particular en procedimientos pendientes desde hace tiempo.
De este modo, se pretende conciliar los derechos de quienes no pueden desplazarse
con los de quienes sí pueden y desean hacerlo, garantizando en ambos casos la tutela
judicial efectiva, afectándose así únicamente aquellas actuaciones imposibilitadas por
las circunstancias meteorológicas.
2.- Los Presidentes de la AP y los TI comunicarán de considerarlo necesario a la Sala de
Gobierno la necesidad de suspender la actividad judicial ordinaria y/o la suspensión de
vistas y plazos procesales. La Sala de Gobierno lo propondrá al CGPJ para su
aprobación, salvo que, por urgencia, la Sala lo acuerde provisionalmente la suspensión
con posterior ratificación.
3.-Se garantizará la prestación del servicio de guardia. A tal efecto podrá acordarse la
prestación del servicio de guardia en otro partido judicial previa autorización del CGPJ o
ratificando los acuerdos adoptados, en caso de urgencia, por los Presidentes de los
Tribunales de Instancia afectados. La disponibilidad de funcionarios se coordinará entre
el Presidente del TI y el Director del SCT.
4.- La Sala de Gobierno del TSJCV: de acuerdo con el Protocolo de Actuación Judicial
en supuestos de grandes catástrofes (CGPJ), adoptará o ratificará las medidas
necesarias en atención a la situación de crisis, proponiendo al CGPJ, en caso de
considerarlo necesario la suspensión de plazos procesales o la modificación de normas
de funcionamiento. En casos de urgencia, podrá acordar medidas provisionales,
remitiéndolas de inmediato al CGPJ para su ratificación.
Póngase en conocimiento el presente acuerdo del CGPJ, los Colegios Profesionales de
la Comunitat Valenciana y la Conselleria de Justicia para su conocimiento y efectos.
El Gabinete de Comunicación del TSJCV coordinará la difusión pública de acuerdos y
medidas adoptadas.
El precedente Acuerdo se adoptan por unanimidad de los miembros de la Comisión de
la Sala de Gobierno asistentes. Líbrense los despachos correspondientes.
Y para constancia expido el presente en Valencia a 18 de octubre de 2026

| CONVOCATORIA 35/2026. 16/10/2026. |
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Una vez cumplimentada y firmada digitalmente (con firma visible), la documentación deberá ser remitida a:
La Orden 30/2025 de 1 de agosto, sobre selección y provisión de puestos de carácter temporal y nombramiento de personal funcionario interino de los cuerpos de médicos forenses, facultativos especialistas, ayudantes de laboratorio, gestión procesal y administrativa, tramitación procesal y administrativa y auxilio judicial de la Administración de Justicia en la Comunitat Valenciana, establece una nueva estructura de las listas de empleo termporal e implementa los procedimientos telemáticos que van a permitir la provisión de las ofertas de empleo temporal de manera ágil y efectiva.
El procedimiento de adjudicación de las ofertas de empleo se ha modificado, el personal no ha de esperar a recibir un sms o una llamada telefónica en la que se le ofrezcan los puestos de trabajo.
Con carácter general, los viernes de cada semana se anunciará en la página web de la Conselleria y en la intranet de justicia, el listado de plazas ofertadas, con indicación de cuerpo, centro de destino, población y provincia, tipo de nombramiento y objeto de provisión.
El personal de las listas de empleo que se encuentre disponible en ese momento (no está ocupando un puesto de trabajo ni se encuentre en situación de IT), puede acceder a la plataforma habilitada al efecto en la página web de la Conselleria y participar en el procedimiento. Para poder participar deberá tener instalado el certificado digital, DNI-e o clave, ya que es necesario el acceso a través de alguno de los medios admitidos por la GVA.
La participación en el procedimiento no es obligatoria, de la misma manera que se puede presentar la solicitud sin necesidad de elegir todos los puestos de trabajo que se oferten. El personal únicamente participará voluntariamente cuando desee ocupar alguno de los destinos ofertados. En el caso de elegir más de un destino, deberá priorizarse. Los puestos de trabajo serán de petición voluntaria pero de aceptación obligatoria, una vez hayan sido solicitados.
Tras la publicación de las ofertas de empleo, se abrirá un plazo de 24 horas para presentar las solicitudes telemáticas (lunes-martes).
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, se publicará el resultado de la adjudicación y se señalará la fecha y la hora en la que las personas adjudicatarias han de personarse en sus centros de trabajo.
La credencial o resolución de nombramiento indicará el destino adjudicado y se remitirá, tras la adjudicación de destinos, a la carpeta ciudadana de la persona interesada y a su correo electrónico. La credencial de nombramiento acreditará al personal adjudicatario para la toma de posesión del puesto de trabajo ante el centro de destino.
El personal participante es responsable de la comprobación de los resultados de la adjudicación en la página web de la Conselleria.
LA SOLICITUD QUEDARÁ DEBIDAMENTE PRESENTADA UNA VEZ HAYA SIDO FIRMADA DIGITALMENTE
Finalizado el plazo de presentación telemática, la dirección general publicará, en la página web, la adjudicación de los puestos en función de las preferencias solicitadas y el orden de prelación de las personas participantes en las listas de empleo temporal. En dicha resolución se indicará la fecha y hora de la toma de posesión, así como la documentación a aportar. La credencial de nombramiento se remitirá a la carpeta ciudadana de la persona interesada y a su correo electrónico.
16 de octubre de 2026
NOTA INFORMATIVA. LISTAS COMPLEMENTARIAS.
Se comunica que se inicia el plazo de 3 días hábiles desde el día siguiente a la publicación de la presente nota informativa en la web para presentación de documentación. Precluido el plazo no se admitirá documentación, salvo que se requiera subsanación de la presentada, decayendo los derechos de las personas propuestas que no han presentado la documentación.
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⚠️ Si todavía no aparece publicada la convocatoria de esta semana, consulta de nuevo más tarde, ya que puede existir un pequeño intervalo entre este recordatorio y su publicación por la DGJ.
📌 Recuerda comprobar en la convocatoria el plazo establecido para realizar las peticiones.
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