SERVICIO DE DECLARACIONES DE LA RENTA EN LA CIUDAD DE VALENCIA:
El servicio se va a prestar por parte del Departamento de la AEAT de UGT-SP de Valencia a través de Delegados/as Sindicales de esta organización .
📆PLAZO
El plazo de realización de las declaraciones comenzará el MIÉCOLES 8 DE ABRIL y finalizará el VIERNES 26 DE JUNIO.
El servicio se prestará mediante CITA PREVIA, de 16 a 19 horas de Lunes a Viernes .
El plazo de petición de hora empezará el 2 de marzo y se cerrará el día 19 de Junio.
El teléfono de contacto para solicitar hora de la declaración es 963884080.
Para otros sindicatos comarcales PINCHA AQUI
Descarga tu certificado de retenciones e ingresos a cuenta del IRPF
Aviso importante (Renta 2025)!!!
Los atrasos correspondientes al incremento del 2,5% abonados en febrero de 2026 deben declararse en la Renta de 2025, aunque no aparezcan en el certificado de retenciones de ese ejercicio.No deberán volver a declararse en la Renta de 2026, aunque figuren en el certificado de ese año.
Fuente: Conselleria de Economía, Hacienda y Administración Pública.
La documentación, IMPRESCINDIBLE, que se deberá aportar para la realización de las declaraciones es la siguiente:
• Declaración del IRPF del año 2024 (casilla 505), y DNI’S del/los contribuyente/s que deba/n realizar esta declaración.
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Supuestos especiales:
a) Transmisión de Inmuebles por compraventa: Escritura de compra del Inmueble y facturas de gastos de compras; Escritura de venta facturas de gastos de venta.
b) Transmisión de Inmuebles adquiridas por herencia: Escritura de partición de la Herencia y gastos; Escritura de venta y gastos.
c) Transmisión de acciones u otros valores mobiliarios: precio y fecha de compra de dichos valores mobiliarios.
d) Rendimiento de capital inmobiliario: Ingreso por alquiler, Ingresos percibidos, facturas de los gastos que tengan relación con el inmueble alquilado (IBI, seguros, intereses financieros, gastos de comunidad, amortización, etc..) y número del DNI del inquilino o inquilinos.
- Y aquellos otros que se considere de interés para la confección de la declaración.
Los prestadores del servicio no se hacen responsables de los datos suministrados por los compañeros/as.
-Se atenderá por cada cita UNA declaración de IRPF correspondiente al afiliado/a y cónyuge (ya sea declaraciones individuales o conjunta).
- Si se tienen que confeccionar más declaraciones de renta o la declaración a confeccionar tiene especial complejidad (transmisiones de inmuebles, valores mobiliarios, Rendimiento por alquileres, etc..) se deberá solicitar más de una cita para no perjudicar a los compañeros/as que tienen citas a continuación
Os recordamos que la CUOTAS SATISFECHAS a sindicatos, han de consignarse (dentro de los rendimientos de trabajo) para su DESGRAVACIÓN (UGT 192 euros).
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