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lunes, 26 de enero de 2026

AVISO EN LA INTRANET SOBRE CERTIFICACIONES DE GUARDIAS

Hemos recibido correo electrónico por parte de la DGJ haciendo indicar lo siguiente:



Debido a incidencias técnicas derivadas de la implantación de la nueva Oficina Judicial y de los Tribunales de Instancia, la aplicación NÉMESIS no permite actualmente la correcta tramitación de las certificaciones de guardia para 2026. En consecuencia:

 

  • Solo podrán remitirse por NÉMESIS las certificaciones de guardia de Instrucción de València y Alicante.
  • El resto de órganos judiciales deberán enviarlas por correo electrónico, conforme al procedimiento anterior a la implantación de NÉMESIS.

 

Esta medida tiene carácter temporal y se mantendrá hasta nueva comunicación.

lunes, 27 de octubre de 2025

SEGUNDA GUARDIA JUZGADOS DE ALICANTE: RESOLUCION PAC.

 


La DGJ ha dictado Resolución por la que se establece un programa de atención continuada para el Servicio de Guardia del partido judicial de Alicante, el cual quedará redactado en el siguiente sentido: “Para ello se fija un turno rotativo diario y voluntario de dos funcionarios del Decanato de Alicante que prestarán las funciones reseñadas en igualdad de condiciones que el resto de los funcionarios de la plantilla del Juzgado de Instrucción que realice el servicio de guardia ordinario de veinticuatro horas.”


VER RESOLUCION.

martes, 25 de marzo de 2025

REFORMA DE LA NORMATIVA DE LIBRANZA POR REALIZACIÓN DE GUARDIAS EN LOS CUERPOS GENERALES DE JUSTICIA



A CRITERIO DE UGT JUSTICIA, TODAS LAS PERSONAS QUE EFECTIVAMENTE REALICEN GUARDIAS DISPONDRÁN DE UN DÍA DE DESCANSO, CON IGUAL CONTENIDO QUE JUECES/AS Y LETRADOS/AS, AL FINALIZAR EL SERVICIO DE GUARDIA


   


 En el BOE de 19 de marzo de 2025 se publica Resolución de 5 de marzo de 2025 del Secretario de Estado de Justicia que modifica la Resolución de la Secretaría de Estado de Justicia de 5 de diciembre de 1996, sobre jornada y horarios de la Administración de Justicia (en redacción dada por la Resolución de 2 de julio de 2014). 

    La nueva redacción del punto 16, normas comunes, apartado e) (sobre libranzas tras realizar guardias) de la norma de 1996 reformada en 2014 tiene contenidos:

1) “Al término del servicio de guardia ordinaria, los funcionarios que lo hubiesen prestado podrán dejar de asistir a la Oficina el propio día de conclusión de la guardia o dentro de los tres días laborales siguientes”. 

2) “En los mismos supuestos reconocidos a los Letrados de la Administración de Justicia”. 

jueves, 20 de marzo de 2025

REFORMA DE LA NORMATIVA DE LIBRANZA POR REALIZACIÓN DE GUARDIAS EN LOS CUERPOS GENERALES DE JUSTICIA

En el BOE de 19 de marzo de 2025 se publica Resolución de 5 de marzo de 2025 del Secretario de Estado de Justicia que modifica la Resolución de la Secretaría de Estado de Justicia de 5 de diciembre de 1996, sobre jornada y horarios de la Administración de Justicia (en redacción dada por la Resolución de 2 de julio de 2014). 

La nueva redacción del punto 16, normas comunes, apartado e) (sobre libranzas tras realizar guardias) de la norma de 1996 reformada en 2014 tiene contenidos: 

1) “Al término del servicio de guardia ordinaria, los funcionarios que lo hubiesen prestado podrán dejar de asistir a la Oficina el propio día de conclusión de la guardia o dentro de los tres días laborales siguientes”. 2) “En los mismos supuestos reconocidos a los Letrados de la Administración de Justicia”. 

Por tanto, como la norma se remite a la Regulación de Secretarios Judiciales, debemos acudir al Real Decreto 1280/2024, de 17 de diciembre, cuyo artículo 1, apartado catorce, modifica el texto del Reglamento Orgánico del Cuerpo de Secretarios Judiciales, aprobado por Real Decreto 1608/2005, de 30 de diciembre, introduciendo un nuevo artículo 85 bis y un párrafo 2) en dicho Reglamento, que también tiene dos contenidos: 

1) (= redacción) “Al término del servicio de guardia ordinaria, los letrados de la Administración de Justicia podrán dejar de asistir al despacho el propio día de conclusión de la guardia o dentro de los tres días laborales siguientes”. 

2) “En los mismos supuestos reconocidos a los integrantes de la carrera judicial”. 

martes, 25 de junio de 2024

AVISO EN INTRANET SOBRE CERTIFICACIONES DE LAS GUARDIAS A TRAVÉS DE NÉMESIS

Se acaba de publicar un aviso en la Intranet de Justicia en relación con la remisión de los certificados de guardia a través de Némesis, según la cual, finalizada con éxito la experiencia piloto relativa a la expedición y remisión de las certificaciones para la retribución del servicio de guardia en los Juzgados de Instrucción de Valencia y Alicante a través de la plataforma NÉMESIS, a partir del próximo 1 de julio ya no resulta necesaria su remisión mediante doble vía.

En consecuencia, a partir de dicha fecha las certificaciones de realización del servicio de guardia serán tramitadas únicamente de forma telemática, sin necesidad de cumplimentarlas también en formato papel para su posterior envío por correo electrónico.


Con ello también se inicia la segunda fase, que comprende a:


  • Juzgados de Menores de Valencia
  • Juzgados de Violencia Sobre la Mujer de Valencia
  • Servicio de Informática de la Guardia del SCPAG de Valencia
  • Todos los juzgados y fiscalías de área con guardia semanal de 8 días de la Comunitat Valenciana. En estas certificaciones telemáticas no se incluirán la asistencia al fiscal de los juzgados mixtos.


De este modo, desde el próximo 1 de julio todas las certificaciones de guardia de los anteriormente indicados órganos y servicios deberán realizarse telemáticamente a través de NÉMESIS, sin perjuicio de que, a fin de constatar el correcto funcionamiento y garantizar el abono de las correspondientes retribuciones, las certificaciones se deberán expedir y remitir también en la forma ordinaria (certificadas en formato papel, firmadas por el responsable del órgano y remitidas por correo electrónico a la Sección de Nóminas).”

un saludo

miércoles, 29 de mayo de 2024

ABONO DE GUARDIAS EN PROCESOS DE BAJA IT DE LARGA DURACIÓN: POR FINNNNNNN....

Una vez logrado el derecho al cobro de la retribución de las guardias durante los períodos de IT, al igual que en otras Administraciones, UGT ha venido reclamando desde el minuto uno que, en los procesos largos de enfermedad (y, pr ende, de gravedad), no hubiera que esperar al alta médica para que se produjera el abono de la misma, dado el estado de vulnerabilidad de quien se encuentra en esta situación.

Esta reclamación ha dado sus frutos y, por fin, se ha anunciado hoy en el intranet de Justicia un aviso en el que se anuncia que, en atención a la coyuntura del personal al servicio de la Administración de Justicia que padece enfermedades de larga duración, a partir del tercer mes desde la fecha de la baja inicial se podrá solicitar a esta Dirección General la liquidación de la remuneración por los servicios de guardia que les hubiera correspondido realizar en dicho período de no encontrarse de baja por incapacidad transitoria. Estas peticiones deberán cursarse de forma trimestral, hasta la obtención del alta médica.

lunes, 8 de enero de 2024

jueves, 30 de noviembre de 2023

ABONO GUARDIAS JUZGADOS VSM Y MENORES DE VALENCIA

Desde la DGJ nos informan de que las guardias realizadas en el mes de septiembre por los funcionarios al servicio de la Administración de Justicia de los Juzgados de Violencia sobre la Mujer y los Juzgados de Menores de Valencia serán abonadas en la nómina de diciembre.

viernes, 21 de julio de 2023

FISCALIA DE MENORES, LIBRANZA EN GUARDIAS


Desde la DGJ, se nos ha dado traslado de la resolución, en la cual se detallan las instrucciones sobre el servicio de guardia en la Fiscalia Provincial de Valencia, Sección de Menores. Dictandose en dicha resolución las instrucciones sobre el servicio de guardia. Dicha resolución es de aplicación al servicio de guardia de 24 horas.

Una vez efectuada la guardia se tendra derecho a librar el dia siguiente, siempre que lo permitan las necesidades del servicio para los funcionarios que hayan realizado la guardia desde las 21,00 horas hasta las 09,00 horas en el local de la Fiscalia, asi como para los que por necesidades del servicio, continuen prestando el servicio de guardia más alla de las 21,00 horas. Para el supuesto de que al dia siguiente de la guardia fuera sabado, en ese caso, el dia de descanso se trasladaria al lunes.

VER RESOLUCION.




miércoles, 4 de mayo de 2022

UGT INSTA A LA DGJ QUE SE DOTE DE MASCARILLAS FFP2 TAMBIÉN AL PERSONAL QUE REALIZA LAS GUARDIAS

Tras visitar en repetidas ocasiones el servicio de guardia de cualquier sede judicial, hemos podido comprobar que en los servicios de guardia son múltiples las tareas que se llevan a cabo (atención a público y letrados, toma de declaraciones, ruedas de reconocimiento, etc) en los que no sea factible mantener la distancia de seguridad de 1,5 metros, ni garantizar el uso de mascarillas por todos los implicados en la tarea (letrados, detenidos, testigos, denunciantes, LAJ, jueces y magistrados, además de los propios funcionarios/as al servicio de la Administración de justicia). Esta circunstancia se ve agravada por la imprevisibilidad e inmediatez de las actuaciones derivadas de la propia naturaleza del servicio de guardia y la elevada concurrencia de personas.

miércoles, 19 de enero de 2022