viernes, 15 de mayo de 2020

EN VISTAS AL FUTURO I. JUZGADOS DE LO SOCIAL… EL ESPEJO EN QUE MIRARSE


SITUACION PREVIA.-La habitual en España,  juzgados sobrepasados con los módulos máximos (muchos por encima del 150%) y un retraso en los señalamientos que en ocasiones van al año siguiente. En Valencia para 17 Juzgados de señalamientos un refuerzo de 4 Jueces, un tramitador procesal en la mayoría  y tres auxilios. En Alicante y Castellón, nada.

SITUACIÓN PREVISIBLE: Es la Jurisdicción  que mas va a notar el incremento  de asuntos y de todos son sabidas las circunstancias actuales. Es urgente la aprobación de medidas para evitar el colapso con las graves consecuencias económicas y personales.


¿QUE HA PREVISTO EL R.D 16/20 PARA ESTA JURISDICCIÓN?.- Los únicos artículos específicos  se refieren a declarar urgentes y preferentes los procesos por despido, extinción etc. –que ya lo eran (7), la remisión a la tramitación y legitimación para las impugnaciones de ERTE (6). Ningún tipo de referencia al posible atasco, recuperación, refuerzos o medida tendente a solucionar el problema. En fin, el barco se hunde y la Orquesta sigue tocando

¿QUE ARMAS TENEMOS YA? La jurisdicción Social siempre ha sido el espejo en el que inspirarse cuando se habla de celeridad en la tramitación, basada en:
-Simplicidad de tramites.- Un único tipo de procedimiento (y unas especialidades procesales), basado en la oralidad y la concentración y una facilitación de la tramitación en cuanto a los requisitos formales.
-Apoyo decidido por la Conciliación (administrativa), y Judicial (ante el LAJ y ante el Juez).

SOLUCIONES QUE  PLANTEAMOS (ADEMAS DE LAS YA ADELANTADAS PARA TODOS LOS ORGANOS) CON CARÁCTER ESPECÍFICO:
1.- Elaborar por cada LAJS (con el visto Bueno del Juez)  una propuesta de medidas, a la vista de la situación de su  órgano en concreto, asuntos pendientes, plantilla, necesidad de establecer turnos (cuando no exista mas remedio), previsión de señalamientos,  prolongaciones de jornada, refuerzos, previsión de vacaciones de los mismos, y periodo vacacional.  
2.- Aprobación por los TSJ -vistas las necesidades- de propuestas comunes para  esta jurisdicción. Para todos ellos, al menos un Juez (Sustituto o JAT,) y  LAJ de refuerzo (sustitutos o en periodo de formación) así como un funcionario del cuerpo de Auxilio por el aumento del señalamiento de vistas y sustitución entre ellos en caso de ausencia.

Estos Jueces y LAJS podrían celebrar todo lo suspendido en estos meses, celebrando por las tardes o los viernes, en que hay muchas Salas vacías. Si existen funcionarios del Juzgado dispuestos  a hacer voluntariamente, una prolongación de jornada, perfecto, y si no, recurrir a nombrar personal interino.
3.- Aprobación de los refuerzos o prolongaciones de jornada cuando sean justificados y con carácter inmediato
4.- Nombramiento de personal interino con carácter automático cuando se produzcan bajas (no puede tardarse un mes en cubrirse una baja).
5.- Advertencias en las citaciones que se expidan sobre las medidas sanitarias vigentes y de obligado cumplimiento para las personas que hayan de asistir a las sedes judiciales.

REFORMAS PROCESALES
1- Los Juicios por prestaciones (en los que en la gran mayoría de ocasiones la única prueba que se propone es la reproducción de la documental ya aportada), podría darse traslado, para contestación, por escrito, y si solo se  pide  prueba documental, sin vista (como en contencioso), quedar los autos para sentencia. Así se podría vaciar en alrededor de 1/3 la Agenda del juzgado (que en muchos juzgados llega ya a 2021).

2- En esos huecos generados en la Agenda (y que se crearían a corto plazo) citar a las partes de las nuevas demandas que vayan entrando (despido, conflicto colectivo, reclamaciones de cantidad), citándolas  ante el LAJ y en los que no se logre la conciliación,  se  señala juicio en el acto, lo que a la vista les va a hacer considerar la posibilidad de conciliar en el acto y no tener que esperar un juicio en el cual es probable que se concilien ante el Juez, con la consiguiente pérdida de tiempo y dinero.

 ¿QUE PEDIMOS A LA CCAA?
La disponibilidad económica para hacer frente a nombramiento del personal necesario, publicidad de prolongaciones de jornada y refuerzos
- La mediación con el Ministerio para su colaboración en las designaciones de Magistrados y LAJS a través de S.G y S.Coord.

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