Se esperaba que finalizasen los trabajos de los Grupos correspondientes (había uno sobre Teletrababjo/Puesto de trabajo deslocalizado y otro sobre Implantación de las Leyes de Eficiencia). Pero no se ha podido finalizar con un texto definitivo.
Se esperaba que finalizasen los trabajos de los Grupos correspondientes (había uno sobre Teletrababjo/Puesto de trabajo deslocalizado y otro sobre Implantación de las Leyes de Eficiencia). Pero no se ha podido finalizar con un texto definitivo.
La reunión se ha convocado para el día 20 de diciembre a las 09:30 horas y en los términos planteados. A la misma acudirá UGT con el objetivo de exponer con rotundidad la necesidad de abordar a la mayor brevedad una negociación que cierre el conflicto abierto con el Ministerio de Justicia, y que pasa por un acuerdo que reconozca las funciones que realmente se realizan por el personal de Justicia así como un incremento retributivo acorde con el asumido para otros cuerpos de la Administración de Justicia.
Para UGT es imprescindible conocer qué planteamiento tiene el Ministerio de Justicia en relación con las Leyes de Eficiencia, en especial en aquellas materias que afectan a los derechos y condiciones laborales de nuestro personal, recordando que en el origen del conflicto fue precisamente la falta de negociación de la LOEO en relación a la movilidad del personal y de la implementación de las RPTs, por citar dos de los asuntos principales.
UGT planteará también al Secretario de Estado otros asuntos que son igualmente importantes, como es la necesidad de regular definitivamente el Teletrabajo en unas condiciones claras y objetivas, sin que dependa del responsable del órgano su concesión.
El planteamiento que UGT hará al Secretario de Estado para esta etapa pasa por una normalización de las relaciones con la parte social a través del impulso a la negociación colectiva en las Mesas Sectorial y Delegada que dependen del Ministerio de Justicia.
Hemos denunciado la falta de negociación de la Ley de Eficiencia Organizativa cuando su tramitación parlamentaria está ya muy avanzada en el Congreso.
En concreto se trata del Capítulo IV en el Título I del Libro V con la rúbrica “De las Oficinas de Justicia en los municipios” que incluye los artículos 439 ter, 439 quáter y 439 quinquies.
Para UGT estas oficinas de Justicia en el municipio deben formar parte de la Administración de Justicia y no ser consideradas meras oficinas administrativas, toda vez que desde ellas se atenderán funciones que son parte de la actividad judicial procesal.