jueves, 11 de junio de 2020

Petición de los días de Asuntos Particulares pendientes del año 2019

Pese a nuestra insistencia y paciencia, seguimos sin contestación por parte de la Administración sobre poder o no solicitar los días de Asuntos Particulares pendientes de disfrutar del año 2019, ante lo cual os trasladamos la siguiente reflexión: 
  • El Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado, publicado en el BOE el 14 de marzo, acordó, entre otras cosas la suspensión de los plazos administrativos, desde la fecha de su publicación, por tanto, ese día restaban 18 días para poder disfrutar los días de Asuntos Particulares pendientes del año 2019.
  • El Real Decreto 537/2020, de 22 de mayo, por el que se prorroga el estado de alarma, publicado en el BOE el 23 de mayo, en su articulo 8, acuerda la reanudación, con fecha 1 de junio, de los plazos administrativos que habían quedado suspendidos, por tanto a partir de esa fecha, técnicamente hablando, comienzan a contar los 18 días para poder disfrutar de los días de Asuntos Particulares del 2019. 
  • Por tanto, y vista la falta de respuesta de la Administración respecto a  como y cuando poder pedir los citados días, desde UGT os aconsejamos a todas y todos que os queden alguno/s de estos días por disfrutar, que los solicitéis ya, de esta forma, si son denegados, o la aplicación no os permite pedirlos, podría entenderse que quedaría interrumpido el plazo por causa no atribuible al solicitante. 
  • Sin perjuicio que por la DGJ, se dicte resolución al respecto.

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