En el plazo de veinte días hábiles, desde la publicación de esta Orden en el «Boletín Oficial del Estado», las personas aspirantes que se relacionan en el anexo I, presentarán en el Registro General de este Ministerio, calle de La Bolsa, núm. 8, CP 28071 de Madrid, o bien, en los Registros de cualquiera de los órganos previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y dirigida a la Unidad EA0041037-Oficina O00011588-Medios Personales. Procesos Selectivos Justicia, la siguiente documentación:
a) Las personas aspirantes que tengan la condición legal de personas con discapacidad, con grado igual o superior al 33 por 100, deberán presentar certificación de los órganos competentes, que acredite tal condición (en caso de que ésta no se haya acreditado con anterioridad) y su capacidad funcional para desempeñar las tareas y funciones propias del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia.
b) Las personas aspirantes que, en su solicitud de participación inicial, no hayan prestado expresamente su consentimiento para que los datos referidos a su identificación personal y a sus titulaciones o certificaciones académicas puedan ser consultados y verificados de oficio por el órgano instructor de este proceso selectivo, deberán aportar también: – Copia auténtica del documento nacional de identidad, o equivalente. – Copia auténtica del título exigido en la convocatoria o certificación académica acreditativa de tener aprobadas todas las asignaturas que le capacitan para la obtención del mismo, acompañando el resguardo justificativo de haber abonado los derechos para su expedición. BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 48 Viernes 23 de febrero de 2024 Sec. II.B. Pág. 21775 cve: BOE-A-2024-3461 Verificable en https://www.boe.es
c) En el supuesto de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá presentarse copia auténtica de la documentación que acredite su homologación, o en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia.
d) Declaración jurada de no hallarse comprendido en causa de incompatibilidad ni estar inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas, en vía disciplinaria o judicial, ni haber sido separado mediante procedimiento disciplinario de ninguno de los Cuerpos al servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, salvo que hubiera sido rehabilitado
Asimismo se ha publicado Resolución de 13 de febrero de 2024, de la Dirección General de Justicia de la Consellería de Justicia e Interior, por la que se publica la relación de plazas correspondientes al ámbito territorial de la Comunitat Valenciana, que se ofrecen a las personas aprobadas, en el proceso selectivo para acceso por promoción interna, en el Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, convocado por Orden JUS/241/2022, de 24 de marzo.
VER DESTINOS COMUNITAT VALENCIANA
Las solicitudes de destino de los/las aspirantes de este ámbito se presentarán en el procedimiento disponible en la sede electrónica de la Generalitat (https://sede.gva.es), de acuerdo con lo que establece el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, en el plazo de diez días hábiles a contar a partir del día siguiente a la publicación de la relación definitiva de personas aprobadas en el «Boletín Oficial del Estado».

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