jueves, 10 de diciembre de 2020

CLASES PASIVAS – MODALIDADES DE JUBILACIÓN Y CUANTIAS DE LAS PENSIONES

 Seguidamente os dejamos unas tablas que esperamos arrojen algo de luz sobre los tipos y cuantías de Jubilaciones y pensiones en Clases Pasivas:

JUBILACIÓN POR EDAD  - 2020       RD Legislativo 670/1987

 

Edad cumplida

Edad: otros elementos

Tiempo Cotizado

Otros

Cálculo

Solicitud

VOLUNTARIA

 

Al menos, 60 años de edad (y 30 de servicio)

Por ser anticipada, no se cobra ni complemento por maternidad, ni el complemento por prolongación en servicio activo ni el Subsidio jubilación de MUGEJU (pago 200% de retrib. básicas)

Al menos, 30 años servicio cualquier Régimen (cómputo recíproco) RD 691/91

Si se requiere tiempo cotizado (cómputo recipr.) a otros Regímenes, se debe haber cotizado a Clases Pasivas en los 5 años anteriores

Haber Regulador del Cuerpo X (por) Número de años cotizados.

 

Con 35 años cotizados se llega al 100% (véase cuadro adjunto)

Debe solicitarse 3 meses antes de cumplir la edad (Letrados 6 meses)

FORZOSA

A los 65 años de edad (LAJs a los 70)

Salvo si se solicita prórroga en el Servicio Activo, hasta los 70 años.

Al menos 15 años cotizados a Clases Pasivas

Maternidad:

 

Madres de 2 o más hijos tienen complemento:

 

Si ha tenido 2 hijos, +5%;

si ha tenido 3 hijos, + 10%;

 si ha tenido 4 hijos o más, +15%

 

No importa que la funcionaria no estuviese en activo en el momento del parto o adopción

Idem

De Oficio la Administración.

PROLONGACIÓN EN EL SERVICIO ACTIVO

Desde los 65 y máximo hasta los 70 años de edad.

 

El tiempo de prórroga lo decide el funcionario.

Cada año completo de edad suma un % a su pensión.

 

El % adicional es anual (años de edad cumplidos) y depende del tiempo de servicios cuando se cumplieron 65 años de edad (pudiendo llegarse a cobrar hasta un 20% adicional)

Al menos 15 años cotizados a Clases Pasivas

A la pensión se suma:

2% anual si al cumplir 65 tenía 25 años  de servicios prestados; 2,75% anual si tenía hasta 37 años servidos y 4% si tenía + de 37 años de servicios

Solicitud de prolongación, al menos 2 meses antes de cumplir 65.

 

 

Solicitud de fin de la prórroga, al menos 2 meses antes de la fecha elegida de jubilación

JUBILACIÓN POR INCAPACIDAD - 2020          RD Legislativo 670/1987

 

Concepto

Pensión

IRPF

Años de servicio

Tiempo de servicios

TOTAL

Incapacidad para las funciones del Cuerpo a que se pertenece

Haber Regulador X años de servicio. Se puede recibir un pago adicional (+20% de retribuciones básicas) al mes de MUGEJU (incapacidad permanente) hasta cumplir 65 años.

y

Reten-ción

Se consideran como servicio los años que falten hasta los 65 de edad.

Con menos de 20 años de servicios, se reduce un 5% por cada año que falte para los 25 de servicios (máximo descuento 25%)

ABSOLUTA

Incapacidad para toda profesión u oficio

NO

GRAN INVALIDEZ

Si además, se requiere la ayuda de otra persona para realizar las actividades esenciales

Igual (+50% para asistencia) y +60% de retribuciones básicas, de carácter vitalicio a cargo de MUGEJU (gran invalidez)

NO

 

NO se requiere un mínimo

 



Nota 1: Los Letrados son A1; los Gestores son A2; los Tramitadores son C1 y los Auxilio son C2.

Nota 2: El Haber Regulador es proporcional al tiempo de servicios en cada Cuerpo.

Nota 3: Se abonan las cantidades divididas en 14 pagas brutas (es decir, habrá retención por IRPF).



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