Se ha aprobado por el Pleno del Consell el decreto por el que se establece el calendario laboral en el ámbito de la Comunitat Valenciana.
Se declaran, dentro del ámbito territorial de la Comunitat Valenciana, días inhábiles, a efectos laborales retribuidos y no recuperables, las fechas que a continuación se relacionan:
1 de enero, Año Nuevo
6 de enero, Epifanía del Señor
19 de marzo, San José
2 de abril, Viernes Santo
5 de abril, Lunes de Pascua
1 de mayo, Fiesta del Trabajo
9 de octubre, Día de la Comunitat Valenciana
12 de octubre, Fiesta Nacional de España
1 de noviembre, Fiesta de Todos los Santos
6 de diciembre, día de la Constitución
8 de diciembre, día de la Inmaculada Concepción
25 de diciembre, Natividad del Señor
Y con carácter retribuido y recuperable se establece la siguiente fiesta: 24 de junio, San Juan.
A estos festivos hay que añadir las dos fechas que debe decidir el Ayuntamiento de Valencia.
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