Desde la Dirección General de
Modernización y Relaciones con la Administración de Justicia se han dictado en
cumplimiento de lo dispuesto en el Plan de Actuación de la Disposición
Adicional Decimonovena del Real Decreto-Ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que
se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico
para hacer frente al COVID-19 del Ministerio de Justicia. En dicho Plan se
contemplaban dos tipos de medidas, las denominadas refuerzos externos que se
han aprobado en la resolución de
Dirección General de Modernización y Relaciones con la Administración de
Justicia fecha 27/07/20 y, las denominadas medidas de auto refuerzo que se han
aprobado en la Resolución de la misma fecha por la que se aprueba la comisión
de servicios sin relevación de funciones y con prolongación de jornada a
funcionarios de los cuerpos al servicio de la administración de justicia en los
ámbitos de la jurisdicción social y mercantil en el ámbito de la Comunitat
Valenciana en cumplimiento del citado
Plan de Actuación. Dado que las medidas de auto refuerzo vinieron impuestas por
el citado Plan de Actuación, se arbitraron dichas medidas en cumplimento de lo
acordado para esta Comunidad Autónoma y para el resto de Comunidades Autónomas.
A pesar de la presunta imposición Ministerial de dichas medidas, desde
UGT consideramos inaceptable que no se haya llevado previamente a mesa de negociación
con las organizaciones sindicales.
Resolución autorefuerzo Ministerio de Justicia
Resolución Refuerzo extraordinario M. Justicia Sociales y Mercantiles
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