UGT rechaza rotundamente la resolución de servicios esenciales establecida por el Ministerio
para la
Administración de Justicia por la crisis del covid-19. ya que visto lo
acontecido hasta ahora, es muy probable que sirva de base para las medidas que se adoptarán tato
por el TSJ de la Comunidad Valenciana como por la Dirección General de Justicia. VER RESOLUCIÓN.
Ante
la mayor crisis sanitaria en este país en el último siglo, el Ministerio de
Justicia pretende
establecer unos servicios mininos similares a los que se
dictarían ante una huelga, que nada tienen que ver con la actual situación de extrema
crisis sanitaria
Las
Administraciones han lanzado una campaña de concienciación para que toda la ciudadanía
nos quedemos en casa, y que seamos responsables y solidarios para poder frenar
y contener esta pandemia.
Por
ello, es incomprensible e irracional implantar estos presuntos “servicios
esenciales” donde un elevado número de personal de la Administración de
Justicia deberemos acudir a nuestros puestos ya el próximo lunes, convirtiéndonos
en potenciales transmisores del COVID-19, máxime cuando el RD que declara el
estado de alarma acuerda la suspensión de plazos procesales.
En UGT somos conscientes de que esta situación es
nueva para todos y extraordinariamente compleja, pero consideramos que las
distintas Administraciones implicadas están gestionando esta crisis sanitaria
de forma nefasta, ya que hasta el viernes no se han comenzado a repartir
elementos de protección y el lunes seguramente habrá personal a quien todavía no
le habrá llegado. Y ahora estableciendo unos servicios esenciales
desproporcionados que atentan contra la política sanitaria del gobierno y
contra nuestra salud exponiéndonos en los centros de trabajo innecesariamente.
Seguidamente os dejamos los enlaces, tanto al Real Decreto declarando el Estado de alarma y a la resolución de
Función pública Valenciana sobre medidas a adoptar en los puestos de trabajo,
pero queremos insistir en que habrá que esperar (confiemos en que no mas tarde
de mañana) a que tanto por el TSJ, como por la Dirección General de Justicia se
acuerden las normas que si nos afectarán directamente respecto a quienes y cuantos tendremos que asistir al trabajo, así como los mecanismos para poder justificar la ausencia y los casos en que proceda.
REAL DECRETO DECLARANDO ESTADO DE ALARMA.
establecer unos servicios mininos similares a los que se dictarían ante una huelga, que nada tienen que ver con la actual situación de extrema crisis sanitaria
REAL DECRETO DECLARANDO ESTADO DE ALARMA.
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