martes, 17 de marzo de 2020

¡¡¡POR FIN LLEGÓ!!! Resolución de modificación de servicios mínimos y Dispensas por pertenecer a grupo de riesgo o tener familiar a cargo.

La Dirección General de Justicia nos termina de remitir La Resolución que llevamos tanto tiempo esperando, aunque no cumple con las reclamaciones que desde las centrales sindicales habíamos manifestado, con esta modificación se mejora sustancialmente la anterior al flexibilizar las posibilidades  del personal que integrará los servicios esenciales. VER LA MODIFICACIÓN 
VER LA RESOLUCIÓN INICIAL

Esta resolución efectúa unas modificaciones respecto a algunos servicios mínimos, faculta al responsable a acordar el cierre del órgano judicial, así como a establecer turnos de disponibilidad en lugar de turnos de presencia.

También resuelve las dudas sobre que supuestos pueden solicitar dispensa de asistir al puesto bien por ser grupo de riesgo, bien por tener familiar dependiente a cargo, así como el trámite a seguir y el impreso a utilizar. 

Lo que no dice esta modificación  cuales son los grupos de riesgo, por lo que a entender de UGT deben considerarse los establecidos por el Ministerio de Sanidad, a saber: los mayores de 60 años, hipertensión arterial, diabetes, enfermedades cardiovasculares, enfermedades pulmonares crónicas, cáncer, inmunodeficiencias, y el embarazo por el principio de precaución. ACCEDER A LA PÁGINA DE SANIDAD

Por último también deja sin efecto los permisos, y vacaciones concedidas.



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