JORNADA REDUCIDA DE FALLAS Y LA MAGDALENA 2019
La Dirección General de Justicia ha dictado una resolución
sobre la Jornada reducida durante las fiestas de Fallas en la provincia de
Valencia y diversos municipios de la provincia donde se celebren Las Fallas
como fiestas locales, a elección del funcionaria o funcionario, con la
siguientes opciones:
- Los cinco días de jornada reducida son el 13, 14, 15, 18 y 20 de marzo con
un horario de 9 a 14 horas.
- Cuando durante los cinco días se realice el horario de
9 a 14 horas no se acumulará tres días en
uno libre.
- Se podrán acumular la jornada reducida de 3 días en un día completo de libre disposición a disfrutar dentro de los cinco días
designados como de jornada reducida.
- También durante esos
cinco días se podrá disfrutar de 1 día libre, 1 día con jornada reducida (o de permiso) y 3 días con
horario normal.
Se ha de tener en cuenta:
- Que las necesidades
del servicio queden cubiertas
- Que el turno establecido en el órgano judicial ha de
ser comunicado a la Unidad Administrativa
por el responsable funcional del mismo, a efectos organizativos
- Ha de garantizarse, en los servicios destinados al
efecto, la presentación de los
escritos sometidos a término hasta
las 15 horas.
- Funcionarios
y funcionarias que estén de guardia durante alguno de los cinco días
de jornada reducida, dicho día o días se les computará como jornada normal a
efectos de poder acumular la reducción en los términos establecidos en las
resoluciones.
En CASTELLÓN y aquellos
municipios de la provincia donde se celebren las fiestas de La Magdalena, los
días de jornada reducida serán 26, 27,
28, 29 de marzo y 1 de abril de 2019.
VER RESOLUCIÓN FALLAS 2019
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