Entre movilizaciones,
traiciones, y valoraciones, la vida continúa.… y el trabajo, también. En este caso, nos tenemos que referir a la
negociación del PAC de 2019 y de los próximos años.
El
día 15 de Noviembre, a solicitud de UGT la
Consellera de Justicia, se convocó a los Sindicatos firmantes del actual
acuerdo que ha permitido cobrar el PAC de 2017-2018 y que aumentará sus
cantidades en 2019, y ello, por ser una reunión para el estudio del seguimiento
del cumplimiento del mismo (lógicamente, los no firmantes pocas cosas
positivas podían aportar respecto al cumplimiento de lo no firmado).
Nos
adelantaron que en 2019 se incluirá, aproximadamente, 1 millón euros más de lo
inicialmente previsto, o sea, en 2018, fueron 3.900.000, se amplió inicialmente
para 2019 a 5 millones y finalmente serán alrededor de 6.
Recordar,
que dichas cantidades se cobran como Plan de Actuación, que no podemos cobrar
como complemento, y que en la Generalitat, que si que lo tienen recogido, no lo
pueden cobrar de momento los interinos (que nuestros interinos acabarán
cobrando cuando cobren los autonómicos y que será vía acuerdo o vía recurso
contencioso-administrativo).
En
su día este Sindicato firmó porque era la única posibilidad de empezar a cobrar
hasta que se reforme la Ley Orgánica y que el final de la batalla es la
equiparación en dicho concepto a los funcionarios autonómicos, para siempre, y
consolidado en la nómina, y no estar sujetos a los vaivenes políticos y a las
circunstancias cambiantes de la economía.
Podemos
hacer público, que es voluntad de la actual Conselleria de Justicia, extender
los planes de Actuación a los años 2020-2023, y en los mismos fijar como
objetivos:
-Incluir,
cuando sea jurídicamente viable, a los interinos.
-Fijar
ya, en el nuevo acuerdo, los porcentajes que cada año incrementarán el PAC,
hasta alcanzar durante su vigencia el
100% de lo que se percibe en la Generalitat (y no estar negociando año a año
cantidades).
¿Nos
conformamos?, pues no, porque nos gusta la música pero queremos ver la letra y
además queremos garantías de su cumplimiento.
¿Firmamos?… ¿Y continuamos
cobrando?
¿No firmamos?
¿Dejamos de cobrar?… ¿y no
podemos exigir el cumplimiento de lo no firmado?
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