Según lo acordado con la Consellería, las posibles bajas por molestias respiratorias, irritación o alergias con motivo del incendio en la Ciudad de la Justicia tendrán la consideración de baja por contingencia profesional y no producirán descuentos en nómina. La forma de actuar ante estos casos es la siguiente:
FUNCIONARIOS DE CARRERA
1º.- Acudir al médico del edificio A fin de que que por el mismo se comprueben los síntomas y se emita el oportuno parte de baja, en el que deberá marcar la casilla correspondiente a “accidente laboral”
2º.- Presentar el parte de baja en la Unidad Administrativa Hay que adjuntar el impreso habitual en los casos de baja por accidente laboral (declaración personal/médica haciendo constar que la incapacidad temporal es debida a las condiciones ambientales del puesto de trabajo.
FUNCIONARIOS INTERINOS
Deberán acudir a la Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades (UMIVALE), aportando informes médicos si disponen de ellos.
NOTA: En los supuestos de molestias leves también es importante que bajéis al médico para que quede constancia y podamos hacer un seguimiento del número de personas afectadas, a fin de adoptar las oportunas soluciones en el Comité de Salud Laboral. Esto es extensible a los casos en los que no sea necesario tramitar la baja por tratarse de ausencias del trabajo de menos de cuatro días,
Valencia, a 28 de Septiembre de 2017.
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