A fin de agilitar los diversos trámites que gestiona la Subdirección General de Recursos Humanos de la Administración de Justicia aumentando el grado de eficacia y eficiencia de su actuación administrativa, evitar demoras, así como garantizar la seguridad en la recepción de documentos, se interesa que la remisión de TODAS las comunicaciones, solicitudes, y escritos que se desee acompañar sea de manera EXCLUSIVAMENTE ELECTRÓNICA.
Por eso, y salvo que se cree un trámite específico para un determinado fin (lo cual se comunicaría oportunamente), los escritos y documentos que se quieran presentar, se ruega sean remitidos una vez digitalizados por una única vía:
En la APLICACIÓN "*NÉMESIS": Las comunicaciones de licencias por enfermedad (partes médicos de bajas, continuación y altas), únicamente para el personal mutualista.
A través DEL “SOLICITUD GENERAL ÚNICA” (Registro Telemático de la Generalitat Valenciana).
PARA UNA CORRECTA PRESENTACIÓN HAY QUE SELECCIONAR LOS SIGUIENTES CRITERIOS:
GVA
CONSELLERÍA DE JUSTICIA E INTERIOR
ÁMBITO TERRITORIAL: SERVICIOS CENTRALES
MATERIA: ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - PERSONAL
MEDIANTE CORREO ELECTRÓNICO, a las direcciones que se indican:
Gestión de personal: rrhh_justicia@gva.es - Teléfono: 961209054
Comisiones de servicio: rrhh_justicia.comisionesdeservicio@gva.es
Partes médicos de bajas, continuación y altas (únicamente si no se tiene acceso a *Némesis): bajasit_justicia@gva.es
Teletrabajo: teletrabajo_justicia@gva.es
Nóminas: nominas_justicia@gva.es - Teléfono: 961209147
Certificaciones de guardias: certificaciones_guardiasjusticia@gva.es
Certificaciones de sustituciones: rrhh_justicia.sustituciones@gva.es
Servicio de Selección y Provisión:
Concursos: concursosjust@gva.es - Teléfono: 961248303
Interinos: interinos_rrhhdgj@gva.es - Teléfono: 961209150 La solicitud de personal interino se cursará según las instrucciones publicadas en la Intranet, en el menú Peticiones a la *DGJ / Medios personales (Recursos Humanos).
Los teléfonos indicados son para uso exclusivo en situaciones urgentes y excepcionales, constituyendo los correos electrónicos la vía ordinaria de realizar consultas
Se significa que una vez realizado este trámite electrónico la documentación original no tendrá que ser cursada posteriormente por valija ni por correo certificado o encomendero, salvo que así se requiriera por la Administración. En este último caso se indicaría la forma correcta de su presentación, así como la dirección donde dirigirla
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