viernes, 1 de marzo de 2024

RESOLUCIÓN RELATIVA A LA REDUCCIÓN DE JORNADA DURANTE LA SEMANA DE FIESTAS DE LAS FALLAS Y LA MAGDALENA DEL AÑO 2024

La Dirección General de Justicia de la Generalitat Valenciana ha publicado dos resoluciones relativas a la Reducción de Jurnada durante la semana de Fiestas de las Fallas y la Magdalena en 2024.

VER ACCESO A RESOLUCIÓN REDUCCIÓN DE JORNADA SEMANA DE FALLAS 2024

VER RESOLUCIÓN REDUCCION JORNADA MAGDALENA 2024


-Reduccción de Jornada durante la semana de FALLAS 2024:

La Resolución señala cinco días de jornada reducida de trabajo por festividades locales de los distintos partidos judiciales de este ámbito territorial.

Necesario garantizar hasta las quince horas la presentación de escritos sometidos a término, así como que en aquellos juzgados, órganos o servicios que por las peculiaridades de sus funciones tengan establecido un horario especial, como por ejemplo juzgados de Guardia, R.U.E., etc., continúen realizándolo durante dichas fechas.

Durante los cinco días de jornada reducida de trabajo en las respectivas semanas de fiestas de cada uno el horario de trabajo del personal al servicio de la Administración de Justicia será de 9,00 a 14,00 horas.

Que los 5 días de jornada reducida de trabajo por festividades locales del año 2024, para los funcionarios de los órganos de la Administración de Justicia radicados en la ciudad de Valencia, o en aquellos otros municipios de la provincia donde se celebran fiestas de Fallas como fiestas locales, serán los días 13, 14, 15, 18 y 20 de marzo de 2024.

Dentro de dicho periodo de jornada reducida se podrá acumular, de forma individual por cada empleado público la reducción horaria de tres días en un día completo, siempre que las necesidades del servicio quedan cubiertas, por medio del turno que se establezca en el mismo órgano judicial, durante el mencionado periodo, el cual tendrá que ser comunicado por el responsable funcional del órgano a la Unidad Administrativa correspondiente, a efectos organizativos.

Para poder disfrutar de la jornada de compensación el personal deberá haber realizado necesariamente la jornada laboral mediante trabajo presencial o teletrabajo de al menos tres de los días establecidos de jornada reducida.

En aquellos municipios de la provincia de Valencia que no se acogen en la semana de fiestas locales anteriormente establecida, los cinco días de jornada reducida podrán coincidir con la semana de fiestas locales determinada por el Ayuntamiento correspondiente, por medio de propuesta efectuada a esta Dirección General.

Que durante los días fijados de jornada reducida tendrá que garantizarse hasta las 15.00 horas la asistencia de funcionarios precisos para la presentación de escritos sometidos a término.

Que, durante los días señalados, aquellos juzgados, órganos o servicios en el ámbito territorial de la provincia de Valencia que tengan establecido un horario especial lo tendrán que mantener por los 

Reducción de Jornada en la MAGDALENA 2024

La Resolución de la Dirección General de Justicia señala que los días de jornada reducida, en el año 2024, por festividades locales, para los funcionarios de los órganos de la Administración de Justicia radicados en la localidad de Castellón, serán los días 5, 6, 7, 8 y 11 de marzo de 2024, en consecuencia, durante estos días de jornada reducida, el horario de trabajo del personal al servicio de la Administración de Justicia será de 9.00 a 14.00 horas.

Que, dentro de dicho periodo de jornada reducida se podrá acumular, de forma individual por cada empleado público la reducción horaria de tres días en un día completo, siempre que las necesidades del servicio quedan cubiertas, por medio del turno que se establezca en el mismo órgano judicial, durante el mencionado periodo, el cual tendrá que ser comunicado por el responsable funcional del órgano a la Unidad Administrativa correspondiente, a efectos organizativos.

Para poder disfrutar de la jornada de compensación el personal deberá haber realizado necesariamente la jornada laboral mediante trabajo presencial o teletrabajo de al menos tres de los días establecidos de jornada reducida.

Que durante los días fijados de jornada reducida tendrá que garantizarse hasta las 15.00 horas la asistencia de funcionarios precisos para la presentación de escritos sometidos a término.

Que, durante los días señalados, aquellos Juzgados, órganos o servicios, que tengan establecido un horario especial lo deberán mantener por los motivos expuestos en esta resolución.


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