martes, 17 de mayo de 2022

EL TSJCV condena a la DGJ a pagar 50.000€ a una compañera por infracción de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL)

Por
sentencia de la Sala de lo social del TSJ, se condena a la DGJ -GENERALITAT VALENCIANA-CONSELLERÍA DE JUSTICIA, ADMINISTRACIÓN PÚBLICA, REFORMAS DEMOCRÁTICAS Y LIBERTADES PÚBLICAS- a abonar a la compañera la suma de 50.000 EUROS en concepto de indemnización de daños y perjuicios.

El proceso se inició a partir de una denuncia por acoso laboral a la Inspección General de Servicios (IGS), interpuesta por UGT Justicia y estuvo acompañando a la compañera en su tramitación, además de ser la central sindical impulsora de que se llevasen a cabo las Evaluaciones de riesgos Ergonómicos y Psicosociales en su centro de trabajo y demás que hemos reputado pertinentes, por ser conscientes del ambiente laboral perjudicial en algunos de ellos.
La sentencia aprecia un incumplimiento empresarial por la deficiente gestión del conflicto laboral existente y por haber sido objeto de una decisión empresarial constitutiva de discriminación directa, siendo un hecho susceptible de ser reputado infracción muy grave del artículo 8.1 de la LISOS (Ley de Infracciones del Orden Social).

Así, la sentencia aprecia infracción de la LPRL, que en concreto en su art. 14,2ª establece que “en cumplimiento del deber de protección, el empresario (en este caso la Administración) deberá garantizar la seguridad y la salud de los trabajadores a su servicio en todos los aspectos relacionados con el trabajo”.

Desde UGT, alabamos la sentencia por sentar un precedente ante circunstancias que no nos son ajenas, dado que siempre hemos estado comprometidos con la necesidad de intervenir en la mejora del clima laboral en los centros de trabajo, reclamando la necesidad de la Evaluación de Riesgos ergonómicos y psicosociales, así como la celebración de Comités de Seguridad y Salud, pese a la actitud pasiva de nuestros responsables en particular y, de la DGJ en general.

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