Hoy ha tenido lugar una nueva reunión de la Comisión de Valoración y Seguimiento de la Bolsa de interinos en la Administración de Justicia, donde pasamos a resumir los aspectos más destacables tratados en la misma.
En primer lugar, desde UGT manifestamos nuestra indignación, ya que, a tan solo seis meses de su constitución y entrada en vigor, (tras el cruce de datos de las personas que han aprobado la oposición y los que están trabajando), por la DGJ tenga que verse en la necesidad de ampliar la bolsa, según el art. 23 de la Orden (…siempre que la provisión de puestos de trabajo por personal interino lo requiera o cuando el número de personas integrantes de la bolsa sin ocupar puesto de trabajo sea inferior al 15% de los que la conformaron inicialmente, se ampliará la misma en un número igual al 10% inicial. Dicha ampliación se hará incorporando, por orden de puntuación de las personas aspirantes siguientes en la lista de inscritos autobaremados, y publicando nuevas listas actualizadas…), según las necesidades del Cuerpo en concreto y la provincia, algo que no pueden hacer con el Cuerpo de Auxilio Judicial en la provincia de Castellón, ya que está prácticamente agotada. Como propuesta al supuesto en que una bolsa se agote y no pueda ampliarse por carecer de integrantes (como ocurre en Castellón Cuerpo de Auxilio Judicial) se ha planteado ofrecer la ‘repesca’ a los interinos que cesan y no están en la bolsa nueva por haber trabajado en virtud de la bolsa antigua (como excluidos). Este planteamiento lo valorarán.
Desde UGT, les hemos preguntado los motivos por los cuales las plazas que se ofertan a los interinos no aparecen publicadas en la INTRANET, facilitando un acceso más ágil y rápido desde cualquier puesto de trabajo. Nos dicen que las publican en la página web de la Dirección General de Justicia porque así lo dice la Orden 3/2020 y porque se hace extensible para conocimiento de todos.
Desde UGT también hemos preguntado sobre los criterios que se siguen a la hora de otorgar las peticiones que les llegan de personal interino y darles curso, ya que hay veces que, por ejemplo, dos juzgados con las mismas necesidades de personal interino a uno le llegan en una semana y al otro tarda un mes. Acerca de esto nos dicen que desde el 1 de noviembre las solicitudes por parte de los LAJ’s pidiendo interinos se hace a través del JIRA, siguiendo como criterio a la hora de nombrar al interino es el tiempo, es decir, la solicitud más antigua en el tiempo es la que tiene preferencia, aunque hay veces que está afectada por muchas variantes que hacen que pierda predilección en favor de otros órganos más necesitados como puedan ser Juzgados de Violencia sobre la Mujer, Juzgados de lo Penal, Juzgados de Paz, …
Se ha reiterado que se nombre urgentemente personal interino para Juzgados que lleva mucho tiempo con plazas sin cubrir (como por eje.: Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Gandía Juzgado de lo Social nº 2 de Castellón, el Juzgado de Vigilancia Penitenciaria de Castellón, Juzgado Mixto nº 4 de Nules, …).
Se ha solicitado que se unifiquen criterios de las distintas Unidades Administrativas (Alicante, Castellón y Valencia) en cuanto al pago de días de vacaciones y permisos que no son disfrutados y certificados por los LAJ´s, cuando se cesa y es nombrado en otro puesto.
Se han comprometido, al igual que nos remiten mensualmente el listado actualizado de la bolsa de interinos, en valorar la posibilidad de remitir un listado con aquellas personas que actualmente están trabajando en virtud de la bolsa antigua, y no han sido incluidas en la nueva, ya que las mismas no aparecen en el listado que nos remiten y que elabora GESPERJU, y sería interesante conocer su situación.
Se ha acordado convocar para el próximo mes de enero la Comisión Mixta de Estudio de Diversidad Funcional, pidiendo la participación en la misma de todas y cada una de las organizaciones sindicales, ya que hasta la fecha solo se había convocado una vez (para su constitución), acudiendo solo dos representantes de las organizaciones sindicales integrantes de la Mesa Sectorial de Justicia de la Comunitat Valenciana (art. 13 de la Orden 3/2020, de 7 de febrero) y sin que exista acta al respecto. A través de la misma se valorará los problemas que surgen de adaptación del puesto de trabajo en relación con el personal interino con diversidad funcional. En la mayoría de los casos, muchos son llamados para trabajar en órganos judiciales sobrecargados donde no existe ningún tipo de medida de adaptación a su puesto de trabajo, lo que condiciona su adaptabilidad, rendimiento y aprendizaje, derivando todo ello en informes negativos por parte del Letrado/a de la Administración de Justicia, por no haber superado el periodo de prácticas.
Por último, en cuanto a los refuerzos, nos dicen que están ultimando con lotes (algunos de 3 meses y otros de 6 meses) la lista con la prórroga de los mismos, a falta de recibir los informes previos de los LAJ´s de las tres provincias.
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