lunes, 13 de septiembre de 2021

PUBLICADOS EL DÍA DE HOY LOS DESTINOS DE LOS ASPIRANTES AL CUERPO DE GESTIÓN PROCESAL Y ADMINISTRATIVA TURNO LIBRE: Toma de posesión y documentación a aportar

En el día de hoy se ha publicado, tanto en el BOE, como en el DOGV Resoluciones por las que se otorgan destinos al personal funcionario del cuerpo de gestión procesal y administrativa de la Administración de Justicia (turno libre) que superaron las pruebas selectivas convocadas por la Orden JUS/764/2019, de 10 de julio.

VER RESOLUCIÓN CON EL NOMBRAMIENTO COMO PERSONAL FUNCIONARIO.

VER RESOLUCIÓN CON LOS DESTINOS EN LA COMUNIDAD VALENCIANA.

ACCEDER A LOS DESTINOS DEL RESTO DE COMUNIDADES.

Los funcionarios a los que se otorga destino deberán tomar posesión en su órgano judicial o fiscal de destino en el plazo de veinte días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación.

A tal efecto tanto el documento de toma de posesión como la declaración de juramento o promesa previstas en el artículo 29 del Real Decreto 1451/2005, serán remitidos por el Servicio de Selección y Provisión de la Dirección General de Modernización y Relaciones con la Administración de Justicia a las direcciones de correo electrónico corporativo de los órganos judiciales de destino, de tal forma que se encuentren a disposición de los interesado a partir del martes 14 de septiembre (primer día hábil del plazo de toma de posesión).

El personal funcionario interino que actualmente ocupe plazas que han sido adjudicadas a los funcionarios de nuevo ingreso cesará el 13 de septiembre (fecha de publicación de la Resolución).

Aquellos funcionarios de nuevo ingreso que estando ocupando plazas no adjudicadas por la Resolución de 1 de septiembre podrán continuar prestando sus servicios como funcionarios interinos hasta el final del plazo de toma de posesión. En todo caso, deberán remitir con suficiente antelación la fecha de su cese como funcionarios interinos a la dirección de correo electrónico interinos_rrhhdgj@gva.es

Con el objetivo de agilizar, en la medida de lo posible, el alta en nómina y seguridad social del personal afectado interesa recabar la documentación preceptiva por la Intervención Delegada para hacer efectivo dichos trámites.

Toda vez que los funcionarios de nuevo ingreso derivan de un procedimiento de concurrencia competitiva basado en un concurso-oposición, es posible distinguir tres grupos entre los aspirantes nombrados funcionarios de carrera. A continuación se relaciona cada uno de los grupos afectados y la documentación que se requiere a cada uno de ellos.

Estos documentos deberán remitirse a la mayor brevedad posible a la dirección de correo electrónico concursosjust@gva.es

GRUPO 1. Personal que en la actualidad se encuentra de alta prestando servicios como funcionario interino en cualquiera de los Cuerpos de la Administración de Justicia o como funcionario titular del cuerpo de tramitación procesal y administrativa o del cuerpo de auxilio judicial, en el ámbito de la Generalitat Valenciana.

Los interesados que se encuentren en esta situación, únicamente deberán remitir, debidamente firmados, el documento de Toma de Posesión (F1T) y el juramento o promesa previsto en el artículo 29 del Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal al servicio de la Administración de Justicia.

Ambos documentos se facilitarán desde el Servicio de Personal de la Administración de Justicia el día de la publicación del nombramiento en el BOE como funcionario de carrera del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa.

GRUPO 2. Personal que en la actualidad no se encuentra prestado servicios en ninguno de los cuerpos Administración de Justicia en el ámbito de la Generalitat Valenciana pero si que lo ha hecho con anterioridad como funcionario interino.

Los interesados que se encuentre en esta situación, deberán remitir, debidamente firmados, el documento de Toma de Posesión (F1) y el juramento o promesa previsto en el artículo 29 del Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal al servicio de la Administración de Justicia.

Ambos documentos se facilitarán desde el Servicio de Personal de la Administración de Justicia el día de la publicación del nombramiento en el BOE como funcionario de carrera del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa.

En este caso, también será necesario el Documento N01 de domiciliación bancaria que pueden descargar en la página web de la Generalitat Valenciana www.gva.es, o, en su defecto, aportar copia de la cartilla bancaria en la que aparezcan reflejados tanto el IBAN como el número de cuenta.

Asimismo, deberán aportar el Documento 145 relativo a datos del IRPF que pueden descargar en la página de la Agencia Tributaria www.agenciatributaria.es

GRUPO 3. Personal que nunca ha prestado servicios en ninguno de los Cuerpos de la Administración de Justicia en el ámbito de la Generalitat Valenciana.

Los interesados que se encuentre en esta situación, deberán remitir, debidamente firmados, el documento de Toma de Posesión (F1) y el juramento o promesa previsto en el artículo 29 del Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal al servicio de la Administración de Justicia.

Ambos documentos se facilitarán desde el Servicio de Personal de la Administración de Justicia el día de la publicación del nombramiento en el BOE como funcionario de carrera del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa.

En este caso, también será necesario el Documento N01 de domiciliación bancaria que pueden descargar en la página web de la Generalitat Valenciana www.gva.es, o, en su defecto, aportar copia de la cartilla bancaria en la que aparezcan reflejados tanto el IBAN como el número de cuenta

Asimismo, deberán aportar el Documento 145 relativo a datos del IRPF que pueden descargar en la página de la Agencia Tributaria www.agenciatributaria.es

Y por último, el personal que se encuentre en esta situación deberá aportar:

* Copia escaneada del DNI y del SIP en el que figure el número de la Seguridad Social.

* Si ha prestado servicios en otra Administración, distinta de la Administración de Justicia en el ámbito de la Generalitat Valenciana, certificado de servicios previos emitido por el órgano  competente de dicha Administración a efectos del posible reconocimiento de trienios.

* Copia escaneada de su Titulación académica.

NOTA: VER INFORMACIÓN PARA LA AFILIACIÓN DE FUNCIONARIAS Y FUNCIONARIOS DE NUEVO INGRESO EN LA MUTUALIDAD JUDICIAL

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