jueves, 8 de abril de 2021

COMISION DE SEGUIMIENTO DE LA BOLSA DE INTERINOS 2020: Menudo desaguisado

A solicitud de UGT solicitando la urgente convocatoria y constitución de la Comisión de Seguimiento de Bolsa que prevé la actual ORDEN 3/2020, de 7 de febrero y que según su artículo 7, entre otras cosas, sirve para la comprobación o verificación de las solicitudes presentadas y el seguimiento de la valoración de los méritos aportados; por la DGJ se ha convocado telemáticamente a las organizaciones sindicales para su constitución y estudio de las incidencias y seguimiento de los trabajos de valoración de los méritos aportados por futuros integrantes de bolsas.

En primer lugar, por parte de UGT se ha puesto de manifiesto la disconformidad con la misma por falta de negociación y su imposición por la actual consellera, estando pendiente un recurso contra la misma ante el TSJ.

Por parte de la DGJ se nos informa que:

  • Se han presentado 10.720 instancias 
  • Se han baremado 2.719 más un 10%
  • Se han presentado 771 alegaciones

Y han sido planteadas las siguientes cuestiones:

1-. Las personas que solicitaron formar parte de la bolsa accediendo por el turno preferente y han sido excluidos por no cumplir los requisitos y, en el periodo de alegaciones han solicitado formar parte de la bolsa, pero por el turno ordinario, si tienen los requisitos, van a ser integrados en la bolsa ordinaria.

2.- Las instancias sin certificado digital recibidas de registros prop/orve (unas 300 instancias) que no aparecieron en ningún listado por no estar incluidas en la base de datos, y no han sido filtradas correctamente, las han identificado e incluido (unos 120 aptos para baremar) .

  • Para estas instancias, se va a publicar un LISTADO ACLARATORIO la semana que viene y, se les dará un plazo para alegaciones de CINCO DÍAS .

3.- La administración se atiene al literal de la norma, y se niega a valorar los cursos que se aportaron y no se incluyeron en la autobaremación.

4.- La DGJ exclui aquellas personas cuya diferencia entre la puntuación total autobaremada y la que realmente le corresponda sea superior a un 20% de esta última. (Según manifestó la administración la gran mayoría son por errores en ejercicios superados, que cada uno de ellos otorgaba 20 puntos).

5.- Baremación de los ejercicios superados:

Según la DGJ, un ejercicio superado es aquél que ha aparecido como APTO PARA EL MINISTERIO DE JUSTICIA. Solo se valoran los ejercicios aprobados del cuerpo al que optan de las 3 últimas OEP, por lo que respecto al 3er EJERCICIO realizado el 18/07/2021 no se considera ejercicio aprobado pues no era tal a fecha de finalización de presentación de instancias y por lo tanto a ningún aspirante le ha sido computado.

Desde UGT hemos hecho constar la desventaja que para este cuerpo de Auxilio Judicial ha supuesto dichas circunstancias, ya que solo se le ha valorado la OPE del 2015 y 2016

La administración considera que la valoración de ejercicios aprobados en las OEPs (2015 y 2016), son un mérito recogido en el art. 8 de la citada Orden de Bolsa, por lo que no tendrán en cuenta la superación del 30% en alguno de ellos.

6.- Baremación de las titulaciones y formación:

Titulaciones: Se comprobaba de oficio, con una aplicación (llamada PAI) que conectaba con el ministerio de educación.

Formación complementaria: Cursos que aparecían en el Anexo II de la Convocatoria publicada y la posterior aclaración. Solo se valoran los cursos del Anexo II y sus ediciones anteriores, así como los cursos del sistema universitario español de derecho o informática.

No han sido valorados otras materias en los cursos universitarios.

No se valoran cursos que se denomine igual o parecido a los aparecidos en el Anexo y sean de otras entidades: ni del Servef, ni del ministerio, ni de gobiernos de otras comunidades, ni del Centro Estudios Judiciales, ni de academias privadas

Para la valoración del Valenciano: se ha tenido en cuenta si apareciera en la PAI, o se ha aportado titulación convalidada por la JQCV

7.- Respecto a la antigüedad (apartado que se rellenaba automáticamente), en los casos en que aportaban certificado de servicios tanto dentro como fuera de la CV y no se habían sumado correctamente por la DGJ previa comprobación de los mismos, ha aceptado la puntuación correcta.

No se han tenido en cuenta los Anexo III rellenados por la persona interesada sin firma de autoridad o que hayan firmado los propios interesados.

8.- Las personas que han aprobado las oposiciones que están en curso actualmente, y que han solicitado la inclusión en la bolsa y han sido admitidos, pueden renunciar de forma personal a estar en la bolsa (se ha presentado 2 peticiones), al resto, se les “sacará” de la bolsa cuando hayan tomado posesión en sus respectivos destinos y se complementará la bolsa correspondiente (en virtud del arts. 506 y 510 de la LOPJ, 88 del EBEP y 15 del RD. 255/2006 de 3 de marzo). Dicha ampliación se hará incorporando, por orden de puntuación de las personas aspirantes siguientes en la lista de inscritos autobaremados del Anexo III, (art. 17.1.j, causas de renuncia. Art. 20.c baja automática Orden de Bolsa).

RUEGOS Y PREGUNTAS:

  • La DGJ ha comentado que tenía que consultarlo, respecto a la realización del curso formativo al que se refiere el artículo 6.3 de la Orden 3/2020, de las personas que no hayan acreditado servicios prestados en la administración de justicia por un periodo mínimo de tres años, se ha planteado que aquellas que en la fecha de finalización de instancias no llevaran tres años de servicios, pero que en la actualidad si los hayan superado, queden eximidos de hacer el curso.

  • Respecto a las plazas no cubiertas en la Bolsa de discapacitados, hay muchos que no pudieron presentar el certificado por la pandemia, lo han aportado en alegaciones y, por tanto, se verán incrementadas, no obstante, las plazas sobrantes, en el caso de existir, incrementarán la bolsa general. Instando a la DGJ a que en breve se constituya la Comisión mixta de estudio de diversidad funcional.

  • Desde UGT, hemos instado a la Administración al cumplimiento, en sus propios términos, del Artículo 26 de la Orden de bolsa respecto a su Publicidad y una vez constituidas, las personas integrantes de las mismas tendrán el derecho a ser informadas del lugar que ocupan en la misma. A tal efecto, la DGJ, publicará mensualmente los listados actualizados de cada bolsa en su página web, con las personas aspirantes relacionadas según el orden de puntuación. Se dará cuenta mensual a las organizaciones sindicales de los listados de estas bolsas.

  • En cuanto a las fechas previstas de la publicación de la BOLSA:

- Listado aclaratorio: la semana que viene con CINCO DÍAS para alegaciones.

- Publicación de la lista definitiva de la Bolsa de trabajo: Ultima semana de abril o primera de mayo.

En cuanto a la situación en la que nos encontramos con respecto a la actual Bolsa en la que se han dejado de cubrir puestos de trabajo por incapacidad, sustituciones, vacantes… dejando a algunos Juzgados con la mitad (en algunos casos, menos) de la plantilla, algunos al borde del cierre o han tenido que cerrar, colapsando aún más la ya excesiva carga de trabajo y retraso estructural y coyuntural que viene padeciendo la Administración de Justicia, siendo soportada por todos y cada uno del resto de funcionarios con stress, fatiga, prolongación horaria, falta de conciliación de la vida personal y familiar…, llegándose a situaciones límites que están afectando seriamente a la salud de los trabajadores, y cuya responsabilidad compete a la Administraciçon. Únicamente alegan que las actuales bolsas se encuentran vacías, no hay interinos, y, muy concretamente la bolsa de Auxilio Judicial, cuyos puestos llevan sin cubrir, en algunos casos, mas de seis meses, por lo que la DGJ va a ofertar dichos puestos al Cuerpo de Gestión (figurando en la lista unas 10 personas ya que la de Tramitación tampoco hay interinos) y en caso de que no sean cubiertos se llamaría a interinos de la bolsa de reserva, en su caso.

Tenemos la impresión de que se siguen cometiendo los mismos errores que en las anteriores bolsas que nos han abocado a la actual situación, tanto en su planteamiento y desarrollo como en su concepción. La propia Administración ha reconocido los problemas que la actual constitución de las bolsas de trabajo ha generado (Instancias que nunca llegaron, pero luego estaban por ahí, fallos en el cómputo de la antigüedad, en la valoración de cursos y un sinfín de alegaciones presentadas...), tanto en su normativa (“hay que hacer un texto más fácil de comprender”) como el procedimiento de inscripción (autorrellnable/autobaremación) telemáticamente con un sistema con multitud de fallos (tanto informáticos como de contenido). Aspectos que no se hubieren dado si se hubiere llevado a cabo una negociación con los representantes sindicales y no de forma unilateral por que así se le antojo a nuestra consellera, tirando por la borda un año y medio de negociaciones.









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