En la Intranet de la
Dirección General se ha publicado un protocolo para la identificación y manejo
de casos y contactos de covid-19 en mutualistas (muface, isfas y mugeju)
en la Comunitat Valenciana, que pretende arrojar algo de luz sobre la confusa
situación en la que forma reiterada nos encontramos los mutualistas cuando nos
vemos involucrados en alguna de las situaciones relacionadas con esta
enfermedad. VER DOCUMENTO.
ACTIVIDADES. DETECCIÓN, NOTIFICACIÓN Y MANEJO DE LOS CASOS Y DE LOS CONTACTOS
1. Diagnóstico de los
posibles casos de COVID-19.
Las personas mutualistas,
ante síntomas compatibles con COVID-19 contactarán con la entidad que tienen
asignada para la prestación de la asistencia sanitaria:
·
Si la asistencia es a través del
Sistema Valenciano de Salud (SVS) contactan con el centro de
atención primaria (CAP) más cercano al domicilio o con el servicio de
prevención de riesgos laborales (SPRL) que les corresponda.
-
Si contactan con el CAP,
a ser posible mediante el teléfono: se le asignará SIP si fuera necesario y el
equipo de atención primaria (EAP) se encargará de la cita para la PCR u otra
técnica de diagnóstico adecuada, de la comunicación del resultado al posible
caso, y si es positivo harán su seguimiento y el de sus contactos no laborales.
-
Si contactan con el SPRL:
El médico del trabajo comunicará a través del portal SPRL de SISVEL el caso de
sospecha de COVID-19 al EAP, cumplimentando el correspondiente formulario
contenido en el módulo COVID-19, que incluye el informe con la solicitud de la
PCR. El EAP se hará cargo del posible caso, como en el apartado anterior.
·
Si la asistencia es a través de
entidad privada (ASISA, ADESLAS,….) en primer lugar
tienen que contactar con la entidad proveedora de la asistencia, para la atención
sanitaria y si es necesario la realización de la PCR (u otra técnica de diagnóstico
molecular que se considere adecuada) en las primeras 24 horas. La entidad se
encargará de comunicar el resultado al posible caso, y si es positivo hará su
seguimiento, y el médico además hará la declaración obligatoria urgente del
caso.
La entidad que realice la
atención sanitaria indicará a cada una de estas personas la obligación de
aislamiento inmediato y les darán las recomendaciones a seguir a la espera del
diagnóstico.
Se informará al SPRL que
corresponda.
Para la gestión de la
baja médica, incapacidad temporal (IT), se utilizará
el mismo procedimiento que la persona mutualista haya venido utilizando. Si la
prestación de la asistencia sanitaria es a través del Sistema Valenciano de
Salud (SVS) será el médico del CAP que le corresponda el que firmará el
documento de baja que al efecto aportará la persona solicitante. Si la
asistencia es por entidad privada será el médico de esa entidad.
El coste de la asistencia
sanitaria realizada por el SVS a los casos confirmados cuya asistencia
sanitaria corresponda a entidad privada será facturado a la entidad que corresponda.
2. Búsqueda, estudio y
seguimiento de los contactos laborales.
Lo realizará el SPRL
correspondiente a partir de que conozca o sea informado de que, en una entidad
de su cobertura sanitaria, hay un caso sospechoso de COVID-19. Las actividades
de identificación de los posibles contactos estrechos en el entorno laboral, su
estudio, información y el seguimiento de los mismos se harán siguiendo las actuaciones
establecidas para ello en la Estrategia de detección precoz, vigilancia y control
de COVID-19, las especificaciones para los SPRL y de adaptación a la Comunitat.
La Conselleria de Sanidad
Universal y Salud Pública se encargará de los contactos no laborales.
La gestión de la baja-IT
se hará igual que con los casos. Si la prestación de la asistencia sanitaria es
a través del SVS será el médico del CAP el que firmará la baja. Si la asistencia
es por entidad privada será el médico de esa entidad.
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