El Ministerio de
Justicia dio traslado a UGT y resto de las organizaciones sindicales del ámbito
ministerio (CCOO, CSIF, CIG, STAJ, ELA) del BORRADOR DE TELETRABAJO para
personal de la administración de justicia no transferido por la crisis del
civid-19.
No obstante, os daremos
traslado de todo lo que acontezca ya que como bien dice el refranero. “Cuando
las Barbas de tu vecino veas cortar…..”
En la reunión celebrada
por videoconferencia del viernes 17 de abril de 2020, el ministerio explicó su
intención de implementar el teletrabajo en su ámbito e intentar extenderlo al resto de las Comunidades Autónomas.
El Ministerio de
Justicia tiene pensado estructurarlo en tres fases:
1ª
fase
la más inmediata por el COVID-19 y quiere empezar en la próxima semana
(preferiblemente el martes 21 de abril en la provincia de Ciudad Real. El
despliegue de este proyecto en el territorio no transferido va llevar 10 días.
La duración de esta primera fase “COVID-19” se extenderá hasta 15 días después de la finalización del estado de
alarma.
Durante la primera fase de implantación, los
funcionarios que voluntariamente
quieran acceder deberán disponer de los siguientes
requisitos técnicos:
1. Facilitar un número de teléfono móvil
disponible para la realización y recepción de llamadas durante el horario de
trabajo.
2. Conexión a internet de al menos 10 Mbps.
3. Ordenador personal o portátil con las
siguientes características mínimas:
- Windows 10 o superior
- Antivirus actualizado.
- Google Chrome 50 / Internet Explorer 11 o superior.
- Al menos 4 GB de memoria RAM.
- Al menos 600 MB de espacio libre en el disco duro.
2ª
Fase
para los planes de actuación y agilización. Se iniciará durante la puesta en
marcha de los planes de actuación. La iniciación de esta segunda fase de
recuperación se producirá 15 días después de la finalización del estado de
alarma para que sea inmediatamente consecutiva a la finalización de la primera
fase y coincidente con los planes de actuación que se pongan en marcha. Su
duración se extenderá hasta el 31 de diciembre de 2020, o hasta una fecha
posterior, en el caso de que esta fase de recuperación se vincule con alguna
medida cuya consecución se prolongue en 2021.
Comprenderá,
al menos, el tratamiento de los siguientes asuntos
- Evaluación de la fase 1.
- Entrega de los primeros terminales móviles, condicionado a las disponibili-dades presupuestarias y de contratación.
- Programa de formación de funcionarios.
- Acceso online a portal de videoconferencias.
- Preferencia los asuntos en los que las consecuencias económicas del CO-VID-19 hayan provocado una especial sobrecarga en la jurisdicción concre-ta en la que preste servicios el funcionario.
3ª
Fase
el proyecto justicia 2030. La negociación e implantación de la tercera fase no comenzará hasta que se hubieran evaluado
las experiencias resultantes de las dos primeras fases. La negociación
podrá extenderse a la determinación en las RPT (o en otro instrumento de
ordenación de efectivos) de los puestos de trabajo susceptibles de teletrabajo.
En esta fase de
implantación definitiva se tratarán los siguientes asuntos.
- Generalizar el reparto de ordenadores portátiles y líneas VPN, condicionado a las disponibilidades presupuestarias y de contratación.
- Autoevaluación del puesto de trabajo y las condiciones de salud laboral en los espacios de trabajo de su domicilio, o en los que se vaya a realizar esta modalidad de actividad.
- Revisión de los procedimientos de teletrabajo.
- Acceso de otras funcionalidades a teletrabajo (correo físico “online”).
La
iniciación de esta tercera fase de implantación
definitiva será inmediatamente
consecutiva a la finalización de la segunda fase.
En el día de ayer
sábado (18-4-2020) nos dio traslado por correo de la documentación para que se
puedan hacer aportaciones al borrador hasta el lunes a las 12:00.
Seguiremos informando.
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