lunes, 15 de julio de 2019

CONVOCATORIA OPOSICIONES GESTIÓN PROCESAL TURNO LIBRE

Orden JUS/764/2019, de 10 de julio, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia. (BOE 15 de julio 2019)

La presentación de la solicitud se realizará en el plazo de veinte días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente Orden en el «Boletín Oficial del Estado»

VER RESOLUCIÓN

FASE DE CONCURSO CUERPO DE GESTIÓN PROCESAL


En la fase de concurso se valorarán los méritos que aporten los opositores que hayan superado todos los ejercicios de la fase de oposición.

El Ministerio de Justicia facilitará a los aspirantes que hubieran superado la fase de oposición un modelo de «AUTOEVALUACIÓN» de la fase de concurso.

La ACREDITACIÓN DEL TIEMPO DE SERVICIOS PRESTADOS como funcionarios interinos en la Administración de Justicia, en el ámbito del Ministerio de Justicia, se aportará de oficio por el órgano competente.

Para acceder a la fase de concurso, será necesario haber superado la fase de oposición y se valorarán los SIGUIENTES MÉRITOS: 


A. TÍTULOS Y GRADOS ACADÉMICOS, DE LOS INCLUIDOS EN EL SISTEMA EDUCATIVO ESPAÑOL.

La puntuación máxima a otorgar en este apartado será de 12 puntos.

La puntuación a otorgar en este apartado será la siguiente:

– 12 puntos por estar en posesión de la licenciatura en Derecho, o bien, grado en Derecho y máster con contenido de carácter jurídico
– 10 puntos por estar en posesión del grado en Derecho,
– 8 puntos por estar en posesión de la Licenciatura en Ciencias del Trabajo, Ciencias Políticas y de la Administración, o Criminología.
– 6 puntos por estar en posesión del Grado en Ciencias del Trabajo, en Ciencias Jurídicas y de las Administraciones Públicas, en Ciencias Políticas y de la Administración, en Relaciones Laborales y Recursos Humanos, o en Criminología.

En caso de que el aspirante aporte más de un grado, una diplomatura, arquitectura técnica o ingeniería técnica, se valorarán todas las titulaciones adicionales a la exigida para participar en el proceso selectivo con la siguiente baremación:

– 4 puntos por estar en posesión de tres cursos completos de la licenciatura o grado en Derecho.
– 3 puntos por otras licenciaturas o grados (se considera únicamente un título).
– 2 puntos por otras diplomaturas, arquitectura técnica o ingeniería técnica (se considera únicamente un título).

Excepcionalmente, el Tribunal Calificador Único podrá valorar otras titulaciones y grados académicos,  relacionados con la Administración de Justicia, no incluidos expresamente entre las anteriormente relacionadas.

 B. HISTORIAL PROFESIONAL: La puntuación máxima a otorgar en este apartado será de 7,5 PUNTOS

Únicamente se valoraran los cursos recibidos y acreditados, en los ÚLTIMOS DIEZ AÑOS y hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias de esta convocatoria, con contenido principal de carácter jurídico relacionados con la actividad del Cuerpo, y HOMOLOGADOS O IMPARTIDOS por:

  • El Ministerio o por las Consejerías de Justicia.
  • El Ministerio y Consejerías de Educación, por el sistema universitario español
  • Por el Instituto Nacional de la Administración Pública o por órganos competentes en formación de las Comunidades Autónomas.
  • Por otros agentes promotores dentro del marco del Acuerdo de Formación para el Empleo (IV Acuerdo de Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas).
  • Por los Servicios Públicos de Empleo.

B-1. CURSOS DE FORMACIÓN: La puntuación máxima en este apartado B-1 es hasta 5 PUNTOS

BAREMACIÓN:

– Entre 11 y 29 h: 1 puntos.
– Entre 30 y 59 h: 1,5 puntos.
– Entre 60 y 119 h: 2 puntos.
– Entre 120 o más h: 2,5 puntos.

Asimismo, conforme con el baremo anterior y bajo las mismas condiciones, se valorarán los cursos en MATERIA DE IGUALDAD o SALUD LABORAL que incluyan unidades o módulos de contenido jurídico.

No se valorarán los cursos siguientes:
·         Certificaciones o diplomas en los que no conste el número de horas ni aquellos de 10 o menos horas lectivas.
·         Los derivados de procesos selectivos, ni los diplomas de participación en jornadas, simposios, seminarios y similares.

B-2. CURSOS DE FORMACIÓN EN INFORMÁTICA: La puntuación máxima es de hasta 2,5 PUNTOS

BAREMACIÓN:

– Entre 11 y 29 h: 1 puntos.
– Entre 30 y 59 h: 1,5 puntos.
– Entre 60 y 119 h: 2 puntos.
– Entre 120 o más h: 2,5 puntos.

Los cursos de igual o similar contenido sólo se valorarán una vez.

No se valorarán:
·         Los cursos en los que no conste el número de horas.
·         Ni aquellos cursos con 10 o menos horas lectivas.

Excepcionalmente, el Tribunal Calificador Único podrá valorar otros cursos homologados por otros Departamentos o Administraciones Públicas, no incluidos expresamente en los apartados B-1 y B-2.

C. Por EJERCICIOS DE LOS PROCESOS DE LAS CONVOCATORIAS DE LAS OFERTAS DE EMPLEO PÚBLICO de los años 2015 y 2016 de cualquiera de los Cuerpos de la Administración de Justicia.

La puntuación máxima a otorgar en este apartado será de 14 puntos, con la siguiente baremación:
Por las calificaciones obtenidas en las pruebas del CUERPO DE GESTIÓN:
– 5 puntos por nota del 50 al 54,99%.
– 5,5 puntos por nota del 55 al 59,99%.
– 6 puntos por nota de 60 al 64,99%.
– 6,5 puntos por nota de 65 al 69,99%.
– 7 puntos por nota de 70 al 74,99%.
– 7,5 puntos por nota de 75 al 79,99%.
– 8 puntos por nota de 80 al 84,99%.
– 8,5 puntos por nota de 85 al 89,99%.
– 9 puntos por nota de 90% o superior

Por las calificaciones obtenidas en otros CUERPOS GENERALES, ESPECIALES Y LETRADOS DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA:
      – Si es de un Cuerpo inferior o especial, el 25% de la anterior puntuación.
– Si es de un Cuerpo superior, el 50% de la anterior puntuación.

D. SERVICIOS PRESTADOS como titular, sustituto o interino en los Cuerpos de la Administración de Justicia o como personal laboral de esta Administración.

La PUNTUACIÓN MÁXIMA a otorgar en este apartado será de 33,5 PUNTOS.
BAREMACIÓN:

– Por cada mes completo de servicios prestados como sustituto o interino, en el Cuerpo de Gestión: 0,30 puntos.
– Por cada mes completo de servicios prestados como titular, interino o sustituto en el resto de los Cuerpos Generales y Letrados de la Administración de Justicia: 0,20 puntos.
– Por cada mes completo de servicios prestados en el resto de los Cuerpos de la Administración de Justicia: 0,10 puntos.
– Por cada mes de servicios prestados como personal laboral de la Administración de Justicia fijo o temporal: 0,05 puntos.
Los periodos inferiores al mes no se computarán, aunque, en el caso de ser varios, se sumarán los prestados en el mismo cuerpo, despreciándose, en su caso, una única fracción inferior al mes.


No hay comentarios:

Publicar un comentario