UGT JUSTICIA ha asistido en el día de ayer, a la Comisión de Seguimiento de la implementación de los procesos de estabilización del empleo temporal en las Administraciones Públicas que proceden de los acuerdos firmados el 29 de marzo de 2017 y el 9 de marzo de 2018 por UGT, y CCOO y CSIF.
En esta reunión UGT JUSTICIA ha puesto de manifiesto la situación de paralización de los procesos selectivos de estabilización del empleo temporal en la Administración de Justicia. Sin embargo, y a lo largo de la reunión nos han comunicado que el Ministerio de Justicia ha convocado para el día 4 de diciembre, la Mesa Sectorial para trasladar los criterios comunes establecidos en Función Pública a la Mesa de Justicia.
La Administración ha trasladado una propuesta a la Mesa de la cual lo único seguro, es que va a ser concurso-oposición y que se acumularán los procesos selectivos de 2017 y 2018, y que habrá convocatoria de promoción interna de las convocatorias 2017 y 2018.
- La realización de un proceso extraordinario de promoción interna con un número elevado de plazas para compensar los años de recortes y la disminución de la promoción interna en LOPJ.
- La eliminación a un sólo ejercicio el proceso selectivo para la promoción interna, tanto de auxilio a tramitación, como de tramitación a gestión y de gestión a LAJ.
- La reivindicación ya histórica de UGT para podernos presentar en la misma convocatoria al turno libre y a la promoción interna, y por tanto se deberán realizar en fechas diferentes.
- La reducción del temario para la promoción interna.
- Adaptación de los temarios a los distintos Cuerpos, funciones y titulación.
- La adjudicación de la totalidad de las plazas ofertadas en todos los ámbitos territoriales.
- La nota de corte venga fijada en la convocatoria, sin que sea el criterio del tribunal calificador el que determine la misma.
- Al cumplimiento de los criterios establecidos en el ámbito de función pública para todas las Administraciones Públicas que será de 60% de la fase de oposición y el 40% de la fase de concurso de méritos, tal y como establece la jurisprudencia del Tribunal Constitucional, pues ya tenemos casos de este año donde un Órgano judicial ha invalidado los procesos selectivos por ser porcentajes más bajos.
- Reserva de la nota para quienes hayan superado la fase de oposición (tanto para promoción interna como para libre) pero no obtengan plaza en el Cuerpo al que se presentan, pudiendo optar las personas aspirantes optar a mejorar la nota obtenida con la garantía de reserva de la primera nota.
En la reunión de la Comisión de Seguimiento de la implantación de los procesos de estabilización del empleo en las Administraciones Públicas, ha quedado bien claro que no se trata de procesos excepcionales, lo único de excepcional que tienen es el número de plazas que se convocan y que por tanto, no es aplicable el artículo 61.6 del TREBEP en el caso del personal funcionario aunque si es aplicable para personal laboral.
También Función Pública ha manifestado que estos procesos y por su definición en la LPGE 2017 y 2018 tienen que ser desarrollados basados en los principios de igualdad, mérito y capacidad.
Borradores que nos ha hecho llegar el Ministerio.
BORRADOR BASES COMUNES
GESTIÓN PROMOCIÓN INTERNA
TRAMITACIÓN PROMOCIÓN INTERNA
Borradores que nos ha hecho llegar el Ministerio.
BORRADOR BASES COMUNES
GESTIÓN PROMOCIÓN INTERNA
TRAMITACIÓN PROMOCIÓN INTERNA
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