El pasado 2 de octubre el Tribunal Constitucional hizo
pública la Sentencia que resolvía el recurso de institucional interpuesto por
el PSOE en relación al Real Decreto-ley 8/2014, 4 de julio, que entre otras medidas contenía la
privatización del Registro Civil entregando su llevanza a los Registradores de
la Propiedad.
Desde
UGT cuya oposición fue siempre rotunda a
la salida del Registro Civil de la Administración de Justicia, vimos clarísimo y así lo denunciamos en numerosas
ocasiones ante el Ministerio de Justicia, que la norma en la que se contenía
esta privatización era ilegal. Ahora y gracias al recurso interpuesto por el
PSOE ha quedado patente.
El Pleno del TC declara inconstitucional y nulas las disposiciones 20ª a 24ª relativas a la llevanza del Registro Civil, argumentado el citado Tribunal que no existe “justificación alguna respecto de la urgencia y necesidad de modificar parcialmente el contenido” de una norma cuya entrada en vigor se ha pospuesto por un periodo de un año.
Mientras el Constitucional declara legal la Disposición Adicional 19ª que es la que
contiene la prórroga de la entrada en vigor de la Ley 20/2011, de 21 de julio,
del Registro Civil.
UGT estuvo
trabajando con el PSOE para que se interpusiera este recurso y ahora vemos que
todos los esfuerzos han merecido la pena, considerándolo un gran logro obtenida
de la lucha conjunta tanto de este sindicato como de los trabajadores.
Desde
el Sindicato de Justicia de la UGT continuaremos exigiendo la derogación y
retirada de la de la Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil, que
actualmente está en “vacatio legis” de dos años.
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