Publicado en el BOE de hoy 8 de junio de 2026, la Orden PJC/570/2026, de 25 de mayo por la que se nombra personal funcionario del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia a las personas que han superado el proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, convocado por Orden JUS/1288/2022, de 22 de diciembre.
Publicación de Orden PJC/571/2026, de 25 de mayo se otorga destino Ámbito Ministerio funcionarios Cuerpo de Gestión PA que superó el proceso convocado por Orden JUS/1288/2022, de 22 de diciembre.
🔍Toma de destino: deberán tomar posesión de su cargo ante el responsable de la oficina judicial de destino dentro del plazo de VEINTE DÍAS HÁBILES contados desde el siguiente al de la publicación de esta orden en el «Boletín Oficial del Estado» de acuerdo con lo establecido en el artículo 29 del citado real decreto, y en el artículo 30 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
El documento de toma de posesión (F1T) así como el Acta de Juramento o Promesa de la Constitución y del resto del ordenamiento jurídico, serán remitidos a la carpeta ciudadana de los interesados que deberán proceder a firmar electrónicamente ambos documentos y remitir una copia, en formato PDF, a la dirección de correo oposicionesjust@gva.es
👉ADJUDICACIÓN DE DESTINOS: COMUNITAT VALENCIANA
RESTANTES COMUNIDADES TRANSFERIDAS :
- COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CATALUÑA
- COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
- COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ARAGÓN
- COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS
- COMUNIDAD DE MADRID
- COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PAÍS VASCO
- COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA
TITULARES DEL CUERPO DE TRAMITACIÓN PA Y AUXILIO JUDICIAL QUE OPTEN POR CONTINUAR EN ACTIVO EN DICHOS CUERPOS:
NO será necesario que se desplacen a tomar posesión al puesto de trabajo adjudicado (de GESTIÓN PA) , bastando con que dentro del plazo de toma de posesión señalado en el apartado primero, comuniquen, en su caso, a la Gerencia Territorial correspondiente o al órgano competente de las comunidades autónomas con traspasos recibidos dicha opción, a los efectos de declaración de excedencia voluntaria prevista en el artículo 506.d) de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio del Poder Judicial. Copia de la resolución por la que se le declara en situación de excedencia voluntaria será remitida al Registro Central de Personal de la Subdirección General de Acceso y Promoción del personal de la Administración de Justicia.
PERSONAL FUNCIONARIO INTERINO: el personal funcionario interino que actualmente ocupen plazas que han sido adjudicadas a los aspirantes aprobados, cesarán el día 8 de junio de 2026, coincidiendo con la publicación en el BOE de esta resolución.
PERMISO DA QUINTA RD 364/1995 : Éste permiso sólo se aplicará al personal que no haya disfrutado de plazo posesorio retribuido. Por lo anterior el criterio del Ministerio para uso interno en cuando a la concesión de dicho permiso es el siguiente:
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