Según la información trasladada, esta decisión responde a la intención de transformar en estructurales parte de estos puestos, una finalidad con la que no podemos estar más de acuerdo.
Pero precisamente por eso, ahora es cuando empieza lo importante.
👉 Porque, de momento, lo que sí es seguro es el cese del personal interino que ocupa estos puestos… y el resto queda en el aire. Primero se cesa, y después ya veremos qué se crea, qué se mantiene y en qué condiciones.
❗ No hablamos de eliminar: hablamos de consolidar
El criterio aplicado ha sido el de seleccionar los refuerzos más antiguos, encontrándonos incluso con plazas que se remontan a 2011. Esto no es un detalle menor. Estamos hablando de:
Y por tanto, de plazas que debían haber sido consolidadas en plantilla hace años.
⚠️ La clave ahora: qué plazas se crean… y cuáles se mantienen
La cuestión no es solo qué refuerzos finalizan. La cuestión es:
Porque a día de hoy:
❌ Falta lo esencial: negociación
Este proceso no puede hacerse de forma unilateral. El artículo 489.4 de la Ley Orgánica del Poder Judicial es claro:
Y aquí estamos precisamente en ese punto. Por eso, no se trata solo de reconocer que hay plazas estructurales.
👉 Se trata de negociar su conversión real.
🟡 Además, hay que mirar la carga de trabajo y la salud laboral
Este proceso debe hacerse con datos objetivos. En un contexto de:
- implantación de los Tribunales de Instancia
- incremento de la carga de trabajo
- y riesgos psicosociales ya detectados
👉 no se puede decidir sobre plantilla sin evaluar previamente las necesidades reales
🔵 Lo que exigimos
Desde UGT Serveis Públics lo tenemos claro:

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