El M.Justicia ha publicado en su página Web lo siguiente:
Según la Base Tercera de la Orden PJC/1253/2025, de 27 de octubre, por la que se anuncia el concurso de traslados ordinario FASE I NUMO, los servicios prestados en calidad de personal funcionario interino se computarán a efectos de su valoración como mérito para la adjudicación de los puestos de trabajo anunciados.
En base a ello se han recabado de las Comunidades Autónomas transferidas y de las Gerencias Territoriales de Justicia dichos servicios.
🔍Por lo anterior se publican los servicios prestados en calidad de interino del personal funcionario que ha participado en el presente concurso. Esos servicios se refieren al Cuerpo para el concursan.
✅En caso de que no estén de acuerdo con los servicios como personal interino deberán realizar una alegación y presentar un certificado de servicios previos en los correos electrónicos que se indican a continuación, dependiendo de la Comunidad Autónoma en la que estén destinados como personal funcionario titular, que es la que figura en la columna CUERPO PARA EL QUE CONCURSA de dichos ficheros:
📍El plazo para solicitar la corrección es de CINCO días hábiles desde el día siguiente a su publicación en la web debiendo indicar en el asunto del correo lo siguiente: Comunidad Autónoma en la que prestan servicios actualmente en propiedad, Cuerpo para el que participan y NIF.
Ejemplo: ANDALUCIA_TRAMITACION_XXXXXXXXX
No están reflejados los servicios prestados referidos a la Comunidad Autónoma de Canarias, los cuales se incorporarán cuando se reciban, y se les dará el plazo correspondiente desde su publicación.
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