1. Establecer los días de jornada reducida, en el año 2025, por festividades locales, para los funcionarios de la Administración de Justicia destinados en las Oficinas Judiciales de Apoyo Directo a los Juzgados de Paz, que serán los días que se relacionan en el Anexo.
2. Durante los días de jornada reducida, el horario de trabajo del personal al servicio de la Administración de Justicia será de 9.00 a 14.00 horas.
3. Dentro de dicho período de jornada reducida se podrá acumular, de forma individual por cada empleado público la reducción horaria de tres días en un día completo, siempre que las necesidades del servicio queden cubiertas, mediante el turno que se establezca en la propia oficina judicial, durante el citado período, el cual deberá ser comunicado por el responsable funcional del órgano a la Unidad Administrativa correspondiente, a efectos organizativos.
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