PLAZO DE SUBSANACIÓN: 10 días hábiles siguientes a la publicación en el BOE.
De conformidad con lo dispuesto en la base 5.11 de la Orden PJC/1525/2024, de 10 de diciembre; tanto las personas aspirantes excluidas como las omitidas por no figurar en las listas de admitidas ni en la de excluidas, podrán subsanar los defectos que hayan motivado su exclusión o su omisión en las listas, en el plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta orden en el «Boletín Oficial del Estado».
La subsanación de la solicitud o, en su caso, la modificación de los datos de la misma, deberá realizarse online a través de la aplicación de Inscripción en Pruebas Selectivas (IPS) del Punto de Acceso General (https://ips.redsara.es/IPSC/secure/buscarConvocatoriasSubsanar#convocatoriasSubRef).
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