martes, 17 de junio de 2025

INSTRUCCIONES SOBRE LOS CESES Y TOMAS DE POSESION (CONCURSO DE TRASLADOS 2025).

 Adjudicación definitiva del concurso de traslados ordinario de los Cuerpos de Gestión, Tramitación y Auxilio de la Administración de Justicia, GTA 2024, anunciado por Orden PJC/51/2025, de 16 de enero.


📅 Fechas de Cese para Funcionarios en Activo o Servicios Especiales

  • 🧾 Tramitación Procesal y Administrativa: viernes 20 de junio de 2025

  • 🧾 Gestión Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial: martes 24 de junio de 2025

  • ❗ Exclusión: No aplica a reingresados provisionales.




  • 📝 Guía práctica: Cese y posesión (Concurso de Traslados 2025), en el BOE con la resolución definitiva del concurso de traslados 

🔄  Cese del Personal en Comisión de Servicios

✅ No deben desplazarse al órgano de origen.
📨 Las Gerencias enviarán los documentos necesarios al órgano actual.
🕒 Plazo posesorio se calcula según:

  • 📍 Localidad donde se presta servicio en comisión

  • 📍 Localidad del nuevo destino obtenido

🛬 Toma de Posesión del Nuevo Destino

🗓 Plazos según el cambio de localidad:

  • 🏠 Mismo municipio: 3 días hábiles

  • 🚗 Dentro de la misma CCAA: 8 días hábiles

  • 🚄 Cambio de CCAA: 20 días hábiles

  • 🛳 Canarias, Baleares, Ceuta o Melilla: durante el mes siguiente

⏳ Importante: Si hay vacaciones o permisos, el plazo empieza al reincorporarse.
💼 El plazo posesorio cuenta como servicio activo y es retribuido.

🕒 Permiso Retribuido Adicional (caso especial)

📝 Según la Comisión Superior de Personal, los funcionarios en activo o situación asimilada que accedan a un nuevo cuerpo o escala por promoción interna o turno libre, tienen derecho a un permiso retribuido adicional desde la toma de posesión:

  • 3 días hábiles, si no hay cambio de residencia

  • 1 mes, si implica cambio de residencia

🔹 Este permiso no se aplica si ya se ha disfrutado del plazo posesorio retribuido.

📋 Criterio del Ministerio:

  • Se concede a funcionarios de carrera que estén prestando servicios cuando se publica la adjudicación en el BOE (nuevo ingreso o traslado) si cesan y toman posesión de forma sucesiva.

  • También aplica a funcionarios interinos en caso de nuevo ingreso, en las mismas condiciones.

📂 Documentación para Alta en Nómina (Traslado desde otra Comunidad Autónoma a la Comunidad Valenciana)

El interesado deberá aportar copia de la siguiente documentación:

  1. 📄 Anexo I – Certificado de servicios prestados hasta la fecha de cese

  2. 📜 Resoluciones de trienios ya reconocidos
    (si no se ha cumplido el primer trienio, presentar solicitud al cumplirlo, junto con el Anexo I)

  3. 📝 Acta de cese del destino anterior

  4. 📅 Certificados de días disfrutados:

    • Asuntos particulares

    • Vacaciones

  5. 🆔 DNI (anverso y reverso)

  6. 💶 Último recibo de nómina

  7. 🏥 Tarjeta de MUGEJU (Mutualidad General Judicial)

    • Si el ingreso como funcionario de carrera fue después del 1 de enero de 2011, aportar también n.º de afiliación a la Seguridad Social

  8. 🎓 Título de funcionario de carrera

  9. 🎓 Titulación académica exigida para el cuerpo al que accede

  10. 📑 Modelo 145 del IRPF (comunicación de datos al pagador)
    [Disponible en la web de la AEAT o la de la GVA]

  11. 🧾 Certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales, si el destino es:

    • Juzgado de Menores

    • Instituto de Medicina Legal (IML)

    • Fiscalía de Menores

  12. 📧 Si solicita voluntariamente una mayor retención del IRPF, puede comunicarlo a:
    nominas_justicia@gva.es

  13. 💻 Alta en el sistema PROPER (modificación de domiciliaciones bancarias):
    https://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=22648

  14. VIDEO UGT . COMO DAR DE ALTA LA CUENTA BANCARIA

✅ Importante en el impreso bancario (apartado D):
Marcar con ❌ la casilla "cuenta nómina empleado público" (excepto si es personal estatutario)

🏢 Sedes y Envío de Documentación

Toda esta documentación deberá enviarse simultáneamente a:

  • 📧 concursosjust@gva.es

  • 📧 nominas_justicia@gva.es

🔍 Para consultas:

  • 💬 Dudas funcionalescau_hacienda@gva.es

  • 🖥 Dudas técnicasgeneralitat_en_red@gva.es

📣 Recursos contra la Orden

📍 Recurso potestativo de reposición:

  • 🗓 Plazo: 1 mes

  • 🏛 Ante el Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes

📍 Recurso contencioso-administrativo:

  • 🗓 Plazo: 2 meses

  • ⚖️ Ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo

🕐 Ambos plazos comienzan al día siguiente de la publicación en el BOE

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