1.º Analizar el impacto de las nuevas leyes de eficiencia en el trabajo que realizan los funcionarios de los cuerpos generales y especiales de la Administración de Justicia al que se refiere la disposición adicional novena. Personal de los Cuerpos Generales y Especiales de la Administración de Justicia del Real Decreto-Ley, 6/2023, de 19 de diciembre.
2° Determinar el contenido reglamentario básico al que se refiere la disposición final sexta. Teletrabajo y puesto de trabajo deslocalizado del Real Decreto-Ley, 6/2023, de 19 de diciembre.
Se van a constituir dos grupos de trabajo: LOEO y teletrabajo. Las reuniones de ambos grupos se realizarán los mismos días, martes y jueves de 10.00 a 14.00. Comenzando el 16 de enero con finalización el 31 del mismo mes.
En cuanto al teletrabajo el punto de partida de teletrabajo será el art 69 del proyecto de ley medidas de eficiencia digital del servicio público de justicia y el documento acordado de teletrabajo en Función Pública, sin perjuicio del desarrollo por cada CCAA con traspasos recibidos.
UGT Justicia valora positivamente se inicien los grupos de trabajo de inmediato y que tengamos una calendarización del trabajo a realizar.
Igualmente valoramos de forma positiva que las funciones sea lo primero que se vaya a negociar para unirla a la subida retributiva, que debe ser para TODOS los funcionarios, TODOS LOS CUERPOS y todos los TERRITORIOS.
Para UGT Justicia el teletrabajo es muy importante y se debe fijar una regulación mínima para que todas las CCAA puedan desarrollar su normativa a la mayor brevedad posible.
Por otro lado, solicitamos que nos expliquen con mayor precisión en que consiste el puesto de trabajo deslocalizado.
En cuanto a la LOEO, se tomará como partida el documento presentado por las centrales sindicales, donde no hay merma de retribuciones ni de plantillas, y los destinos serán diferenciados por áreas, unidades e identificados con un código diferenciado para cada uno de los puestos.
Desde UGT Justicia hemos solicitado que a las reuniones asistan representantes del Ministerio de Hacienda para una mayor agilidad en la negociación del incremento retributivo.
En caso de no haber subida retributiva acorde a las funciones que se realizan no habrá firma de ningún tipo de acuerdo.
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