En el BOE de hoy se ha publicado el acuerdo de la Comisión Permanente del CGPJ en la que acuerdan atribuir, en virtud de lo previsto en el artículo 98.2 de la Ley Orgánica del Poder, con la competencia territorial indicada para cada uno de los casos, de manera exclusiva y excluyente o no excluyente, según los casos, el conocimiento de la materia relativa a las acciones individuales sobre condiciones generales incluidas en contratos de financiación con garantías reales inmobiliarias cuyo prestatario sea una persona física, a los siguientes juzgados, que en la Comunidad Valenciana quedan como sigue:
Provincia de Alicante – Juzgado de Primera Instancia n.º 5 de Alicante, de manera exclusiva y excluyente, para la anualidad 2022.
Provincia de Castellón – Juzgado de Primera Instancia n.º 6 de Castellón, de manera exclusiva y excluyente, para el período de 1 de enero a 30 de junio de 2022.
Provincia de Valencia – Juzgado de Primera Instancia n.º 25 de Valencia, de manera exclusiva y excluyente, para la anualidad 2022.
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