A
la vista de que desde hoy día 1 de junio se levanta la suspensión de los plazos
administrativos, el TCU, a los efectos aclaratorios e informativos pertinentes,
pone de manifiesto que hasta la referida fecha de 1 de junio de 2020 permanece
vigente dicha suspensión, por lo que el plazo de diez días hábiles para
formular alegaciones, a los efectos de finalización del mismo habrá de
computarse a partir de ese 1 de junio de 2020. Ello, evidentemente, sin
perjuicio de que los opositores puedan presentar, con anterioridad a dicha
fecha, tales alegaciones.
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