La circular incluye los siguientes supuestos:
- Exención de asistencia al trabajo como consecuencia de las dificultades de desplazamiento a causa de los efectos de la DANA,
- Exención de asistencia al trabajo sea consecuencia de responsabilidades familiares por el cierre de los centros educativos, centros de atención socio-sanitaria, de carácter asistencial o similares.
- Exención de asistencia al trabajo sea consecuencia de los efectos directos y destructivos de la DANA en la persona del empleado público y/o en sus bienes,
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